Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2017 (27/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano / Jueves 27 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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están destinados a solventar los gastos funcionales de dicha unidad ejecutora para el cumplimiento de su Plan Operativo Institucional 2017, toda vez que el pliego regional no cuenta con suficientes recursos presupuestarios; Que, de otro lado, mediante diversos Oficios de las Municipalidades Provinciales de Alto Amazonas ­ Yurimaguas, Datem del Marañón, Loreto ­ Nauta, Mariscal Ramón Castilla ­ Ramón Castilla, Maynas - Iquitos, Putumayo, Requena, Ucayali - Contamana; así como de las Municipalidades Distritales de Alto Nanay, Alto Tapiche, Andoas, Balsapuerto, Belén, Cahuapanas, Capelo, Emilio San Martín, Fernando Lores, Inahuaya, Indiana, Jeberos, Jenaro Herrera, Lagunas, Las Amazonas, Manseriche, Maquia, Mazan, Morona, Napo, Padre Márquez, Pampa Hermosa, Parinari, Pastaza, Pebas, Puinahua, Punchana, Rosa Panduro, Santa Cruz, San Juan Bautista, San Pablo, Saquena, Sarayacu, Soplín, Tapiche, Tnte. Manuel Clavero, Tnte. César López Rojas, Tigre, Torres Causana, Trompeteros, Urarinas, Vargas Guerra, Yaguas, Yaquerana y de Yavari del departamento de Loreto, recogidos en el Informe Nº 0218-2017-EF/50.07 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, se ha solicitado mayores recursos presupuestales para el presente ejercicio fiscal para cubrir gastos en bienes y servicios, que no pueden ser atendidos ante la caída de los recursos provenientes del canon petrolero; Que, asimismo, mediante los Oficios Nº 114 y 134-2017-GRU-GR, el Gobernador Regional del Departamento de Ucayali solicita mayores recursos orientados a la sostenibilidad de gastos en bienes y servicios en diversas Unidades Ejecutoras, los cuales se han visto afectados ante la caída de sus ingresos por canon petrolero, tales como la adquisición de alimentos para la Aldea San Juan, adquisición de repuestos, servicios de mantenimiento para unidades de transporte y oficinas, reparación de maquinarias y de local institucional, combustible, lubricantes y repuestos, entre otros; Que, igualmente, a través de determinados Oficios los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales de Coronel Portillo, Purús, Atalaya-Raymondi y Padre Abad, así como de las Municipalidades Distritales de Sepahua, Tahuania, Curimana, Masisea, Neshuya, Alexander Von Humboldt, Yurua, Campoverde, Iparia, Yarinacocha, Nueva Requena, Manantay e Irazola del departamento de Ucayali, recogidos en el Informe Nº 0218-2017-EF/50.07 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, han solicitado mayores recursos presupuestales para el presente ejercicio fiscal, debido a que no pueden atender sus requerimientos de bienes incluidos en las partidas de gastos combustible, carburantes, lubricantes y afines, repuestos y accesorios, suministros para mantenimiento y reparación, entre otros; Que, los recursos para atender las demandas planteadas asciende hasta la suma de CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS UN MIL OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 50 701 082,00), conforme a la proyección del gasto al cierre del presente año fiscal de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Loreto y Ucayali, y de las Municipalidades Provinciales y Distritales de los Departamentos de Loreto y de Ucayali, citadas en los considerandos precedentes; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos solicitados para las acciones antes descritas no han sido previstos en el presupuesto institucional de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Loreto y de Ucayali, ni en las Municipalidades Provinciales y Distritales de los Departamentos de Loreto y de Ucayali señaladas en los considerandos precedentes; por lo que, resulta necesario

autorizar una transferencia de partidas, hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS UN MIL OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 50 701 082,00), con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido por el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS UN MIL OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 50 701 082,00), con cargo a la Reserva de Contingencia, a favor de los pliegos 453: Gobierno Regional del Departamento de Loreto y 462: Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, así como a favor de diversos Gobiernos Locales de los Departamentos de Loreto y Ucayali, a fin de atender las acciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 50 701 082,00 ------------------TOTAL EGRESOS 50 701 082,00 =========== A LA SECCIÓN SEGUNDA PLIEGO En Soles del

: Instancias Descentralizadas 453 : Gobierno Regional Departamento de Loreto ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 2.6 Adquisición de Activos No Financieros SUBTOTAL PLIEGO

19 099 412,00 3 474 817,00 -----------------22 574 229,00 -----------------del

462 : Gobierno Regional Departamento de Ucayali ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios SUBTOTAL

4 895 523,00 -----------------4 895 523,00 ------------------

PLIEGOS : Gobierno Locales ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios SUBTOTAL TOTAL EGRESOS 23 231 330,00 ------------------23 231 330,00 ------------------50 701 082,00 ===========

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