Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2017 (27/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano / Jueves 27 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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predio, en cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 38º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Unidad de Control Patrimonial y Margesí de Bienes, realizar las acciones administrativas necesarias a fin de implementar y ejecutar el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAVIER BARDALES PORTA Alcalde 1513311-2 ACUERDO DE CONCEJO Nº 036-2017-MDJCC-A Aucayacu, 3 de marzo del 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ CRESPO Y CASTILLO VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, de fecha 03 de marzo de 2017, convocada y presidida por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de José Crespo y Castillo, Sr. Javier Bardales Porta, y con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre "Aprobación de la inmatriculación de un predio como primera inscripción de dominio ante la SUNARP a favor de la Municipalidad Distrital de José Crespo y Castillo, previa evaluación de los fundamentos expuesto en el Informe Nº 057-2017-PMRC/JDATyC/MDJCC/PLP/RHCO, de fecha 28 de febrero del 2017, emitido por el Jefe de la División de Acondicionamiento Territorial y Catastro, Informe Legal Nº 129-2017-GAJ-MDJCC-A, de fecha 03 de Marzo del 2017, emitido por el Gerente de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 0213-2017-GM-MDJCC-A, emitido por el Gerente Municipal, así como sus demás recaudos; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 56º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que, son bienes de la Municipalidad, los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales; concordancia con el artículo 58º de la norma acotada, la cual establece que "los bienes inmuebles de las municipalidades a que se refiere el presente capítulo, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo de concejo correspondiente", siempre que no se encuentren inscritos a favor de terceros; Que, el segundo párrafo del Artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, señala lo siguiente: "La resolución que dispone la Primera Inscripción de Dominio del predio del Estado, deberá publicarse por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la región en que se encuentra el predio", Que, el artículo 40º del citado Reglamento ha establecido "la resolución que dispone la primera inscripción de dominio, conjuntamente con el Plano Perimétrico - Ubicación y Memoria Descriptiva, constituyen título suficiente para todos los efectos legales". Que, mediante informe Nº 057-2017-PMRC/JDATyC/ MDJCC/PLP/RHCO, de fecha 28 de febrero del 2017, La División de Acondicionamiento Territorial y Catastro solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica, que a través del Concejo Municipal se apruebe inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la SUNARP, el inmueble planta de tratamiento de aguas residualesPTAR, ubicado en el sector 27 de Mayo, jurisdicción de la Junta Vecinal 27 de Mayo, zona urbana de Aucayacu, Distrito de José Crespo y Castillo, de la Provincia de Leoncio Prado, Departamento de Huánuco, adjuntando para tal efecto, Memoria Descriptiva, Planos de Ubicación ­ Localización, Plano Perimétrico;

Que, mediante Informe Legal Nº 129-2017-GAJ/ MDJCC, de fecha 03 de marzo de 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que el predio señalado en el considerando precedente, cumple con los requisitos previstos en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por lo que corresponde al Concejo Municipal autorizar la respectiva inmatriculación del citado predio urbano y como consecuencia éste sea incorporado al margesí de bienes inmuebles de esta Comuna; Que, el artículo 41º concordante con el artículo 17º de la aludida Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º y Artículo 41º de la Ley Nº 27972 - "Ley Orgánica de Municipalidades" con el VOTO UNAMINE de sus miembros en Sesión Extraordinaria de Concejo de Fecha 03 de Marzo del 2017 y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprueba el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR la inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP a favor de la Municipalidad Distrital de José Crespo y Castillo del inmueble planta de tratamiento de aguas residualesPTAR, ubicado en el sector 27 de Mayo, jurisdicción de la Junta Vecinal 27 de Mayo, zona urbana de Aucayacu, Distrito de José Crespo y Castillo, de la Provincia de Leoncio Prado, Departamento de Huánuco, con un área de 13,917 m2 y un perímetro de 485.46 ML, conforme al plano perimétrico, plano de ubicación-localización y memoria descriptiva que forman parte del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Asesoría Jurídica, la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial - El Peruano y, un extracto, en el diario de mayor circulación en la Región en que se encuentre el predio, en cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 38º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Unidad de Control Patrimonial y Margesí de Bienes, realizar las acciones administrativas necesarias a fin de implementar y ejecutar el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAVIER BARDALES PORTA Alcalde 1513311-3

CONVENIOS INTERNACIONALES

Entrada en vigencia del "Protocolo Adicional del Acuerdo Comercial entre el Perú y Colombia por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea"
Entrada en vigencia del "Protocolo Adicional del Acuerdo Comercial entre el Perú y Colombia por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea", adoptado el 30 de junio de 2015 en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica y ratificado mediante Decreto Supremo N° 0122017-RE, del 04 de abril de 2017. Entrará en vigor el 1 de mayo de 2017. 1512855-1

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