Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2017 (27/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano / Jueves 27 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El informe Nº 083-2017/MDV-GRM de la Subgerencia de Administración Tributaria; y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades ­, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 023-2016/MDV de 28 de diciembre del 2016, se establecieron las fechas de vencimiento para el pago de impuesto predial y arbitrios municipales y establece incentivos por el "Pronto Pago" de dichos tributos para el ejercicio 2017; Que, en la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la referida Ordenanza, se establecen las facultades del Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la mencionada Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 083 -2017/MDV-GRMSGAT la Subgerencia de Administración Tributaria propone prorrogar los plazos otorgados y procurar de esta forma brindar mayor oportunidad a los contribuyentes de contar con los beneficios del pronto pago, promoviendo de esta forma el pago puntual de tributos; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, luego del análisis de la normativa municipal y tributaria es viable la prórroga del mencionado plazo, toda vez que el objeto es atender los requerimientos de los vecinos del distrito y darles mayores facilidades promoviendo de esta forma el pago puntual de tributos municipales, conforme lo indicado en el informe del visto. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley 27972; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar la fecha de vencimiento del primer trimestre de Arbitrios e Impuesto Predial establecida en el artículo 3, numerales 3.1 y 3.2 (enero, febrero y marzo) de la Ordenanza Nº 23-2016/MDV hasta el 31 de marzo del 2017. Artículo 2º.- Prorrogar la fecha de vencimiento de los descuentos otorgados por el pronto pago establecidos en el artículo 4º, numeral 1 literales b) y d), así como en el numeral 2 literal a) de la Ordenanza Nº 23-2016/MDV hasta el 31 de marzo del 2017. Artículo 3º.- Prorrogar la fecha de vencimiento de los descuentos otorgados en el artículo 5º de la Ordenanza Nº 23-2016/MDV hasta el 31 de marzo del 2017. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Rentas Municipales y a las Subgerencias dependientes de dicha unidad orgánica, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Administración, Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto y todas las demás dependencias de la Municipalidad deberán prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Regístrese, y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1512746-7

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE CRESPO Y CASTILLO
Aprueban inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la SUNARP a favor de la Municipalidad, de inmuebles ubicados en el distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 034-2017-MDJCC-A Aucayacu, 3 de marzo del 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ CRESPO Y CASTILLO VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, de fecha 03 de marzo de 2017, convocada y presidida por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de José Crespo y Castillo, Sr. Javier Bardales Porta, y con el quórum reglamentario de los señores regidores; se trató sobre "Aprobación de la inmatriculación de un predio como primera inscripción de dominio ante la SUNARP a favor de la Municipalidad Distrital de José Crespo y Castillo, previa evaluación de los fundamentos expuesto en el Informe Nº 055-2017-PMRC/JDATyC/MDJCC/PLP/RHCO, de fecha 28 de febrero del 2017, emitido por el Jefe de la División de Acondicionamiento Territorial y Catastro, Informe Legal Nº 129-2017-GAJ-MDJCC-A, de fecha 03 de Marzo del 2017, emitido por el Gerente de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 0213-2017-GM-MDJCC-A, emitido por el Gerente Municipal, así como sus demás recaudos; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 56º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que, son bienes de la Municipalidad, los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales; concordancia con el artículo 58º de la norma acotada, la cual establece que "los bienes inmuebles de las municipalidades a que se refiere el presente capítulo, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo de concejo correspondiente", siempre que no se encuentren inscritos a favor de terceros; Que, el segundo párrafo del Artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, señala lo siguiente: "La resolución que dispone la Primera Inscripción de Dominio del predio del Estado, deberá publicarse por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la región en que se encuentra el predio", Que, el artículo 40º del citado Reglamento ha establecido "la resolución que dispone la primera inscripción de dominio, conjuntamente con el Plano Perimétrico - Ubicación y Memoria Descriptiva, constituyen título suficiente para todos los efectos legales"; Que, mediante informe Nº 055-2017-PMRC/JDATyC/ MDJCC/PLP/RHCO, de fecha 28 de febrero del 2017, La División de Acondicionamiento Territorial y Catastro solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica, que a través del Concejo Municipal se apruebe inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la SUNARP, el inmueble planta de tratamiento de aguas residualesPTAR, ubicado en el sector Santa Rosa, jurisdicción de la Junta Vecinal Santa Rosa, zona urbana de Aucayacu, Distrito de José Crespo y Castillo, de la Provincia de Leoncio Prado, Departamento de Huánuco, adjuntando para tal efecto, Memoria Descriptiva, Planos de Ubicación ­ Localización, Plano Perimétrico; Que, mediante Informe Legal Nº 129-2017-GAJ/ MDJCC, de fecha 03 de marzo de 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que el predio señalado

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