Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2017 (28/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Viernes 28 de abril de 2017 /

El Peruano

Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participen en la reunión antes mencionada, lo que permitirá a su vez, sostener reuniones bilaterales con los demás países participantes; Que, es necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, en tanto dure la ausencia de su titular; De conformidad con la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Toronto, Canadá, del 30 de abril al 04 de mayo de 2017, del señor Edgar Manuel Vásquez Vela, Viceministro de Comercio Exterior, y de los señores Gerardo Antonio Meza Grillo y Héctor Augusto Zevallos Urquieta, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participen en la Reunión de Altos Funcionarios de Comercio de los Países del Tratado de Asociación Transpacífico ­ TPP, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del artículo precedente, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Edgar Manuel Vásquez Vela: Pasajes Viáticos (US$ 440,00 x 03 días) : US$ 1 447,68 : US$ 1 320,00

Vista, la Carta G.500-1773 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 11 de abril de 2017; CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo X-D-4, del Anexo "D" del Acta de la X Reunión de Estados Mayores y de Inteligencia entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina del Brasil, realizada en la ciudad de Lima, República del Perú, del 16 al 20 de febrero de 2015, considera el Intercambio Profesional en el Cuerpo de Fusileros Navales de la Marina del Brasil, por el período de UN (1) año; Que, mediante Oficio N° 30-164/EMA-MB de fecha 17 de marzo de 2017, el Sub Jefe de Estrategia del Estado Mayor de la Marina del Brasil, informa al Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil, que en relación al Oficio N° 30-660/EMA-MB de fecha 9 de diciembre de 2016 del Encargado de la División de Inteligencia Estratégica Militar del Estado Mayor de la Marina del Brasil, continúa disponible el referido intercambio profesional, a partir de mayo de 2017, por el período de UN (1) año; Que, con Oficio P.200-344 de fecha 20 de marzo de 2017, el Comandante General de Operaciones del Pacífico ha considerado la participación del Teniente Primero Diego Alonso ACOSTA Díaz, en el referido intercambio, a realizarse en la ciudad de Niterói, Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 1 de mayo de 2017 al 30 de abril de 2018; el cual permitirá mantener debidamente entrenado al Oficial designado en nuevas doctrinas y avances tecnológicos utilizados por el Cuerpo de Fusileros Navales de la Marina del Brasil; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión de Servicio abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2017, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y, para completar el período de duración de la Comisión de Servicio a partir del 1 de enero al 30 de abril de 2018, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, de acuerdo con el documento Nº 057-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales, Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero y Gastos de Traslado, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 y del Año Fiscal respectivo de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos (a) y (c) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de

Gerardo Antonio Meza Grillo y Héctor Augusto Zevallos Urquieta: Pasajes (US$ 1 380,24 x 02 personas) : US$ 2 760,48 Viáticos (US$ 440,00 x 03 días x 02 personas) : US$ 2 640,00 Articulo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- Encargar al señor Rogers Martín Valencia Espinoza, Viceministro de Turismo, las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, a partir del 30 de abril de 2017, y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1513787-1

DEFENSA
Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 497-2017-DE/MGP Lima, 26 de abril de 2017

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