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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2017 (09/08/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de agosto de 2017 / El Peruano Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del bene fi ciario las áreas expropiadas del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, notifique la presente resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE TASACIÓN CORRESPONDIENTE A LAS ÁREAS DE UN (01) PREDIO AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: REHABILITACIÓN Y MEJORAMI ENTO DE LA CARRETERA LIMA - CANTA - LA VIUDA - UNISH, TRAMO: LIMA - CANTA No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE VALOR DE LA TASACIÓN CODIGO: LC-066 AFECTACION: Parcial del Inmueble LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DE LAS ÁREAS DE AFECTACION: • Por el norte: Colinda con el predio U.C. 009555 y el río Chillón.• Por el Sur: Colinda con Carretera Lima - Canta y la U.C. 00802.• Por el Este: Colinda con la Carretera Lima - Canta.• Por el Oeste: Colinda con el predio U.C. 00803 y el río Chillón.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DE LAS ÁREAS DEL INMUEBLE AFECTADO AFECTACIÓN 1 VERTICE LADO DISTANCIA ESTE NORTE A A-B 5.28 285481.6195 8702632.6415 B B-C 22.00 285481.6520 8702627.3663 C C-D 18.33 285480.4021 8702605.4064 D D-E 4.35 285478.9320 8702587.1372 E E-A 49.74 285477.3824 8702583.0778 AFECTACIÓN 2 VERTICE LADO DISTANCIA ESTE NORTE F F-G 4.28 285471.1379 8702536.9865 G G-H 10.66 285471.1721 8702532.7078 H H-I 3.08 285466.0911 8702523.3402 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES- PROVIAS NACIONAL FRANCISCO FIDEL PAJUELO HUERTA / EDITA MARGARITA SANCHEZ OCAÑAI I-J 9.46 285466.3936 8702526.4062 S/ 46 197.44 1 J J-F 2.59 285469.0160 8702535.5000 PARTIDA REGISTRAL N° 46248686 del Registro de Predios de Lima, Zona Registral N° IX Sede Lima, O fi cina Registral Lima. Total de áreas afectadas 558.80 m2 (0.0558 Has).AFECTACIÓN 3 VERTICE LADO DISTANCIA ESTE NORTE K K-L 1.58 285452.6896 8702488.7946 L L-M 14.74 285452.1825 8702487.2980 M M-N 16.10 285446.1226 8702473.8586 N N-O 14.35 285437.5129 8702460.2583 O O-P 8.84 285423.6908 8702464.1112 CERTIFICADOS DE BUSQUEDA CATASTRAL: Expedidos el 15.06.2016 (Informes Técnicos Nos:12496, 12497 y 12498-2016-SUNARP-Z.R.N°IX/OC) expedidos por la O fi cina de Catastro de la O fi cina Registral de Lima, Zona Registral N° IX Sede - Lima.P P-Q 6.35 285427.1800 8702472.2316 Q Q-R 9.37 285429.4744 8702478.1508 R R-S 2.05 285432.8620 8702486.8906 S S-T 2.29 285434.1988 8702488.4489 T T-U 2.79 285436.1214 8702489.6875 U U-V 6.46 285438.8391 8702490.3325 V V-A 7.48 285445.2284 8702489.3690 1552208-8 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 750-2017 MTC/01.02 Lima, 7 de agosto de 2017Visto: La Nota de Elevación N° 353-2017-MTC/20 del 13 de junio de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y, CONSIDERANDO:Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de los Tramos viales del eje multimodal del Amazonas Norte del “Plan de acción para la integración de infraestructura regional sudamericana - IIRSA” y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n;Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura; y que, el único Bene fi ciario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas comprendiendo a los titulares de proyectos; Que, asimismo el numeral 4.4 del artículo 4 de la Ley, defi ne a la Expropiación como la transferencia forzosa del derecho de propiedad privada sustentada en causa de seguridad nacional o necesidad pública, autorizada