Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2017 (09/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Miércoles 9 de agosto de 2017 /

El Peruano

materia de eliminación de barreras burocráticas a cargo del referido órgano resolutivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1552167-1

Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo Nº 087-2017-INDECOPI/COD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de mayo de 2017, se aprobó la creación de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita por el período de seis meses a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad; la misma que asume durante dicho período en forma exclusiva y por la materia de eliminación de barreras burocráticas, las funciones que el artículo 44 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por Decreto Legislativo 1033 y las demás normas correspondientes, atribuyen a las secretarías técnicas del Indecopi; Que, asimismo, en la citada resolución se dispuso que la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, que se adscribe a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad, inicie el ejercicio de sus funciones una vez que hayan concluido las acciones administrativas y de personal necesarias para su implementación; fecha que será establecida por la Presidencia del Consejo Directivo, mediante resolución; Que, el literal h) del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi establece que es función del Presidente del Consejo Directivo aquellas otras que se le encomienden: Que, el literal h) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, establece que son funciones y/o atribuciones del Presidente del Consejo Directivo aquellas otras que le encomiende el Consejo Directivo o que se deriven del marco normativo institucional o de las normas sectoriales o presupuestarias; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo Nº 114-2017-INDECOPI/COD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de julio de 2017, se designó al Secretario Técnico de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad, con efectividad al 17 de julio de 2017; Que, en la medida que a la fecha han concluido las acciones administrativas y de personal necesarias para la implementación de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad; corresponde que esta Presidencia disponga el inicio de funciones de la misma, por el periodo de seis meses; Que, asimismo, se advierte que resulta necesario disponer que el Secretario Técnico de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de la Libertad entregue al Secretario Técnico de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad, todos los expedientes administrativos y solicitudes en trámite en materia de eliminación de barreras burocráticas a fin de que cumpla con el desarrollo de sus funciones; De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer como fecha de inicio de las funciones de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad, el 10 de agosto de 2017, por un periodo de seis meses. Artículo 2º.- Disponer que, al día siguiente de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, el Secretario Técnico de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de la Libertad entregue al Secretario Técnico de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad, todos los expedientes y solicitudes en trámite en

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL
Designan Sub Intendente de Resolución de la Intendencia Regional de Áncash
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 146-2017-SUNAFIL Lima, 8 de agosto de 2017 VISTOS: El Informe Nº 372-2017-SUNAFIL/OGA-ORH de la Oficina de Recursos Humanos de fecha 21 de julio de 2017 y, demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la acotada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, asimismo, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que todas las resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del día de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, el literal f) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, dispone que el Superintendente tiene por función, entre otras, designar y remover a los directivos de la Sunafil; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP PROVISIONAL) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1202017-TR, el cargo de Sub Intendente de Resolución de la Intendencia Regional de Áncash está calificado como directivo superior de libre designación y remoción; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 119-2017-SUNAFIL, se designó temporalmente al servidor Julio César Zavaleta Ledesma, en el cargo de Sub Intendente de Resolución de la Intendencia Regional de Áncash de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, en adición a sus funciones como Especialista Legal de la Intendencia Regional de Áncash; Que, a la fecha se ha visto por conveniente dar por concluida la referida acción de suplencia, correspondiendo adoptar las acciones de personal necesarias y designando al profesional que asumirá el referido cargo; Que, mediante el Informe Nº 372-2017-SUNAFIL/ OGA-ORH, la Oficina de Recursos Humanos indica que la señora Zaira María Rosas Aguilar, cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasificador de Cargos de la Sunafil (Versión 02), aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 046-2017-SUNAFIL, para el cargo de Sub Intendente de Resolución de la Intendencia Regional de Áncash; Con el visado del Secretario General, de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Jefa de

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