Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2017 (22/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Martes 22 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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CAPÍTULO III DE LA SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN Artículo Décimo Segundo.- De las causales de suspensión Son causales de la suspensión de la autorización las siguientes: - Laborar en honorario distinto al declarado - Realizar labores diferentes a las que declaró - Incurrir en faltas injustificadas a la Institución Educativa donde curso estudios, de acuerdo al informe de la autoridad educativa. Una vez verificadas estas causales se notificará al adolescente y/o padres de la suspensión de la autorización otorgada, concediéndole un plazo de 20 días para que actualice los datos y/o para que los padres del adolescente suscriban un compromiso que garantice la asistencia regular a la Institución Educativa. Artículo Décimo Tercero.- De las causales de cancelación Son causales de cancelación de la autorización, las siguientes: - Si existe presunción o denuncia por maltrato o explotación de parte de los padres del adolescente y/o del empleador. - Que exista riesgo en la salud del adolescente trabajador - La comisión de falta o delito en agravio del adolescente - Que el adolescente a quien se le suspendió la autorización no actualice los datos en el plazo otorgado en el procedimiento de la suspensión de la autorización. - Si el trabajo está considerado como peligroso, o se realiza en horarios o condiciones contrarios a la normatividad legal vigente. CAPÍTULO IV DE LA RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN Artículo Décimo Cuarto.- Requisitos para la renovación de la autorización Deberá presentar los mismos requisitos para la autorización, en caso de que haya variado alguna información, deberá llenarse la ficha de actualización de datos el mismo que tendrá carácter de declaración jurada. CAPÍTULO V DEL REGISTRO Artículo Décimo Quinto.- Registro del adolescente trabajador Otorgada la autorización correspondiente, la DEMUNA procederá a registrar al adolescente en el Libro correspondiente, en dicho Libro se incluirá también a los adolescentes trabajadores dependientes o por cuenta ajena autorizados por el Ministerio de Trabajo, trabajadores familiares no remunerados y trabajadores del hogar en caso de detectase vulneración de derechos, se comunicará a la Dirección del Trabajo y autoridades jurisdiccionales correspondientes para que intervengan de acuerdo a sus competencias. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- Los adolescentes que se encuentren trabajando deberán solicitar la autorización en el plazo de 30 días calendario a partir de la vigencia de la presente ordenanza. Segunda.- En todo lo no previsto en la presente ordenanza, rige la Ley Nº 27337 Código de Niños y Adolescentes y sus modificatorias y demás normas específicas y complementarias, correspondiendo a la

Municipalidad a través de sus órganos administrativos competentes, ejercer las funciones previstas en dichas normas. Tercera.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta.- Apruébese el formato de Registro de Adolescentes Trabajadores, que en anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Quinta.- Encargar a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Humano el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. Sexta.- Deróguese toda norma municipal que se oponga o contravenga la presente ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAUL JESUS ODAR CABREJOS Alcalde 1556567-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TALAVERA
Aprueban el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF), Cuadro de Asignación de Personal (CAP), Presupuesto Analítico de Personal (PAP) - Año 2017 de la Municipalidad Distrital de Talavera
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2017-MDT/CM Talavera, 3 de julio del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TALAVERA, PROVINCIA DE ANDAHUAYLASREGIÓN APURIMAC: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de Junio del 2017, sobre la Conclusión y Presentación del Proyecto de Documentos de Gestión: Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF), Cuadro de Asignación de Personal (CAP), Presupuesto Analítico de Personal (PAP) y la Estructura Orgánica Funcional de la Municipalidad Distrital de Talavera; y, CONSIDERANDO Que, de conformidad con el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, las municipalidades tienen atribuciones para aprobar su organización interna y su presupuesto. Que, asimismo el artículo 9º, numeral 8) de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal: "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos". Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 0011-2016MDT/CM, en Sesión Ordinaria de fecha 08 de Marzo del 2016, se declara la necesidad de Reestructuración Administrativa y Financiera de la Municipalidad Distrital de Talavera, por un periodo de 90 días a 345 días, así como modificar la actual Estructura Orgánica Funcional de la Municipalidad Distrital de Talavera. Que, el artículo 9º, numeral 3) de la citada Ley, establece que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar el Régimen de Organización Interior y Funcionamiento del Gobierno Local", lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la misma norma que

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