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27 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de agosto de 2017 El Peruano / Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) el mismo día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1559911-3 ORGANISMOS EJECUTORES CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS Modifican siete Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 082-2017-PERÚ COMPRAS Lima, 28 de agosto de 2017VISTOS:El Informe Nº 046-2017-PERÚ COMPRAS/DSI de la Dirección de Subasta Inversa, así como el Informe Nº 197-2017-PERÚ COMPRAS/SG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; y, CONSIDERANDO: Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; y tiene como funciones, entre otras, la de realizar las Compras Corporativas obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente, realizar las Compras Corporativas facultativas que le encarguen otras Entidades del Estado, realizar las adquisiciones que le encarguen otras Entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, promover y conducir los procesos de selección para la generación de Convenios Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes, y promover la Subasta Inversa, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1018; Que, el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, modi fi cado mediante el Decreto Supremo Nº 056-2017-EF, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fi chas técnicas de los bienes y servicios transables, las que son incluidas en un Listado de Bienes y Servicios Comunes al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modi fi cación o exclusión, previo sustento técnico; Que, los sub numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la obligatoriedad de su uso”, aprobada por la Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su versión 3.0 por la Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante la “Directiva”, señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones especí fi cas que deben tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación de la Entidad, y la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características especí fi cas del bien o servicio común; Que, el sub numeral 8.14 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva establece que PERÚ COMPRAS podrá modi fi car una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes, previo sustento técnico de la veri fi cación de la variación de la información consignada en la Ficha Técnica, que no afecte su condición de bien común; Que, por medio del Informe Nº 046-2017-PERÚ COMPRAS/DSI, la Dirección de Subasta Inversa sustenta y propone la modi fi cación de siete (7) Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, señalando, entre otros, que: i) Se han efectuado actualizaciones al contenido de las siete (07) Fichas Técnicas en razón de los cambios advertidos en la información de los Registros Sanitarios remitidos por la DIGEMID, mediante el O fi cio Nº 2208-2017-DIGEMID-DG-EA/MINSA, los cuales se encuentran referidos a sus características especí fi cas (Ingrediente farmacéutico activo IFA y/o Forma farmacéutica y/o Vía de administración y/o Envase y embalaje), sin que ello afecte su condición de bien común; ii) Se veri fi có que fueron contratados por las entidades públicas durante los años 2014, 2015 y 2016, de acuerdo a los siguientes montos adjudicados anuales acumulados: S/ 2,059,845.08; S/ 9,739,987.09 y S/ 7,175,888.44, respectivamente, a través del procedimiento de Subasta Inversa, en razón de la información extraída de la base de datos del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE; iii) Respecto a la condición de Bien Común de los bienes objeto de evaluación, se veri fi có que de la revisión de la información de los Registros Sanitarios remitidos por la DIGEMID, se advierte la existencia de más de un proveedor con Registro Sanitario vigente en el mercado de los bienes evaluados; iv) Los bienes objeto de evaluación han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización de las características establecidas en las normas técnicas de referencia y los registros sanitarios vigentes correspondientes a dichos bienes, remitidos por la DIGEMID; v) Respecto a la evaluación de la factibilidad para veri fi car la calidad de los bienes en cuestión, se advirtió la existencia de organismos evaluadores, de conformidad con la legislación y normatividad sectorial vigente; por lo que recomienda la aprobación de la modi fi cación propuesta; y, vi) Recomienda la modi fi cación de siete (07) Fichas Técnicas de los bienes del Rubro de Medicamentos y Productos Farmacéuticos incluidas en el Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, conforme al siguiente detalle: NºDENOMINACIÓN DEL BIEN (Fichas Técnicas) 1 ACETILCISTEINA, 200 mg, GRANULADO, 1 g2 BISOPROLOL, 5 mg, TABLETA3 DAUNORUBICINA, 20 mg, INYECTABLE4 IMATINIB, 100 mg, TABLETA 5 LAMOTRIGINA, 50 mg, TABLETA 6 TAMSULOSINA, 0,4 mg, TABLETA DE LIBERACIÓN MODIFICADA7 TIORIDAZINA, 100 mg, TABLETA Que, a través del Informe Nº 046-2017-PERÚ COMPRAS/SG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que de acuerdo al sustento técnico de la Dirección de Subasta Inversa y de conformidad con el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, así como lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por la Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por la Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERÚ COMPRAS, es procedente la modi fi cación de siete (7) Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Con el visto bueno de la Secretaría General, la Dirección de Subasta Inversa y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el