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12 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de agosto de 2017 / El Peruano las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINAM, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 86-2017-MINAM y Nº 168-2017-MINAM, la Ministra del Ambiente delega en diferentes funcionarios, durante el año fi scal 2017, diversas facultades y atribuciones; Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú recibe, trans fi ere y/o intercambia recursos humanos, bienes, servicios, capitales y tecnología de fuentes cooperantes externas cuyo objetivo es complementar y contribuir a los esfuerzos nacionales en materia de desarrollo, destinados a, entre otros, apoyar la ejecución de actividades y proyectos prioritarios para el desarrollo del país, y de sus regiones, en especial en los espacios socio-económicos, de mayor pobreza y marginación; Que, el artículo 3 de la citada norma, establece que la cooperación técnica internacional se canaliza a través de organismos del Sector Público en sus niveles Central, Regional, Local, así como organizaciones (o fi cialmente reconocidas) del Sector Privado; Que, asimismo, según los artículos 6 y 7 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-92-PCM, los recursos de Cooperación Técnica Internacional, se ejecutan según su contenido y fi nalidad, entre otras, en la modalidad de Asesoramiento, el cual se otorga o recibe mediante técnicos o profesionales con alto nivel de especialización y cali fi cación para la ejecución de programas, proyectos o actividades de Desarrollo, cuyas acciones están dirigidas a facilitar la solución de problemas cientí fi cos y tecnológicos, así como la transferencia e intercambio de conocimientos; Que, a través de los Informes Nº 270-2017-MINAM/ SG/OGA y Nº 686-2017-MINAM/SG/OGA/OA, la Ofi cina General de Administración solicita modi fi car la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINAM, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 86-2017-MINAM y Nº 168-2017-MINAM, a fi n que la Titular de la entidad delegue en dicho órgano la facultad de suscribir contratos y/o adendas de consultoría derivados de Convenios de Cooperación Técnica No Reembolsable u otros instrumentos de naturaleza análoga, lo cual permitirá optimizar el procedimiento destinado a este fi n; Con el visado de la O fi cina General de Administración, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Incorporar el literal j) al numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINAM, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 86-2017-MINAM y Nº 168-2017-MINAM, conforme al siguiente texto: “Artículo 2.- Delegación de facultades y atribuciones al Director de la O fi cina General de Administración. Delegar en el Director de la O fi cina General de Administración del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2017, las siguientes funciones y atribuciones: 2.1. Facultades de representación, para lo siguiente: (...) j) Suscribir contratos y/o adendas de consultoría derivados de Convenios de Cooperación Técnica No Reembolsable u otros instrumentos de naturaleza análoga”.Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1560018-2 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan el viaje de representante de PROMPERÚ a Chile, en comisión de servicios RESOLUCION MINISTERIAL Nº 310 -2017-MINCETUR Lima, 25 de agosto de 2017 Visto el O fi cio Nº 384-2017-PROMPERÚ/SG, de la Secretaría General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, se ha contemplado la participación en la feria “Salón Turismo Viajes y Vacaciones – VYVA Chile”, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 01 al 03 de setiembre de 2017, con el objetivo de promover nuestra oferta turística, brindando información actualizada que permita un mejor conocimiento y reconocimiento de nuestro destino entre las agencias y el público fi nal que asista a la feria; asimismo se realizará, el día 31 de agosto de 2017, reuniones de coordinación previas a la feria; Que, es importante la participación en esta feria, por constituir Chile el primer país emisor de turistas de Sudamérica hacia nuestro país, lo que la convierte en una herramienta efectiva para promocionar nuestra oferta turística y en especial los nuevos destinos tales como Gocta, Kuélap y la Amazonía peruana (cruceros y ecología), además de los destinos convencionales; Que, en tal razón, la Secretaría General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior de la señorita Karen Natalia Morales Serpa, Especialista en Turismo del Departamento de Mercado Latino América, de la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, de la Dirección de Promoción del Turismo, a la ciudad de Santiago, República de Chile, para que en representación de PROMPERÚ desarrolle actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en la feria antes mencionada; Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley