Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2017 (05/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Martes 5 de diciembre de 2017 /

El Peruano

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican listado de Unidades Ejecutoras y montos aprobados por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 179-2017-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 2552017-EF
DECRETO SUPREMO Nº 355-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30519, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó el Decreto Supremo Nº 179-2017-EF modificado por el Decreto Supremo N° 255-2017-EF y el listado de Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, integrantes del Poder Ejecutivo, así como los montos de sus Saldos de Balance de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, al 31 de diciembre de 2016, que constituyen recursos del Tesoro Público; Que, se han recepcionado solicitudes de Unidades Ejecutoras para ser excluidas del mencionado listado, argumentando que se encuentran comprendidas en los supuestos de excepción establecidos en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30519; asimismo, exponiendo casos de importes que no corresponden ser registrados como parte de la fuente Recursos Directamente Recaudados así como cargos en las cuentas de dicha fuente que no fueron registrados, de cuya revisión y análisis se ha determinado que resulta pertinente efectuar una modificación adicional a dicho listado; Que, se ha identificado S/ 60 901 205,00 (SESENTA MILLONES NOVECIENTOS UN MIL DOSCIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES) que deben ser excluidos del mencionado listado, con lo cual el listado modificado asciende a S/ 1 040 949 713 (UN MIL CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES), por lo que es necesario autorizar a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a devolver, conforme a los procedimientos del Sistema Nacional de Tesorería, la suma de S/ 17 857 502,00 (DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS DOS Y 00/100 SOLES), transferidos en exceso a la cuenta determinada por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público; De conformidad con lo establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30519, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, el artículo 50 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por el Decreto Supremo Nº 126-2017-EF, y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Modificación de Listado Modifíquese el listado de Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, integrantes del Poder Ejecutivo, que se encuentran comprendidas en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30519, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, así como los montos de sus Saldos de Balance de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados al 31 de diciembre de 2016 que constituyen recursos del Tesoro Público, aprobado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 179-2017-EF, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 255-2017-EF, de acuerdo con el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Autorización para la devolución de montos en exceso. Autorícese a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público para que, conforme a los procedimientos del Sistema Nacional de Tesorería, proceda a devolver la suma de S/ 17 857 502,00 (DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS DOS Y 00/100 SOLES), monto que resulta de la modificación del listado a que se refiere el artículo 1 precedente, y que ha sido deducido del saldo acumulado de las respectivas Asignaciones Financieras en la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT), o depositados en la cuenta bancaria determinada por dicha Dirección General, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 179-2017-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 255-2017-EF. Artículo 3.- Del procedimiento y plazo para la transferencia de fondos 3.1 El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, está autorizado a deducir del saldo acumulado de las Asignaciones Financieras de las Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, integrantes del Poder Ejecutivo, los importes detallados en el Anexo del presente Decreto Supremo, que no hubieran sido depositados en la cuenta determinada por la indicada Dirección General, en aplicación del Decreto Supremo Nº 179-2017-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 255-2017-EF. 3.2 Cuando el saldo acumulado de las indicadas Asignaciones Financieras no sea suficiente para cubrir el importe indicado en el Anexo del presente Decreto Supremo, al solo requerimiento de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, la respectiva Unidad Ejecutora debe depositar el monto diferencial correspondiente a favor de la cuenta que determine la indicada Dirección General, dentro de los diez (10) días siguientes a la vigencia del presente Decreto Supremo. Tratándose de fondos depositados bajo determinada modalidad o tipos de instrumentos financieros conforme a la normatividad vigente, el depósito a la cuenta que determine la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público se efectúa al vencimiento de los plazos establecidos en los correspondientes términos contractuales, dentro de las veinticuatro (24) horas de efectivizada su percepción, incluidos los intereses generados conforme a lo establecido por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 179-2017-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 255-2017-EF. Es responsabilidad del Director General de Administración, o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora, respecto del debido cumplimiento de lo dispuesto en el presente numeral, informando al respectivo titular del pliego. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas
ANEXO LISTADO DE UNIDADES EJECUTORAS DEL GOBIERNO NACIONAL INTEGRANTES DEL PODER EJECUTIVO Y MONTOS
SECTOR / PLIEGO / UNIDAD EJECUTORA 01 PRESIDENCIA CONSEJO MINISTROS 012 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA 1064 COMISION NAC. PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA TRANSFERENCIA SALDO DE BALANCE 215,148,021 283,572 283,572

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