Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2017 (05/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Martes 5 de diciembre de 2017
INGRESOS

NORMAS LEGALES
En Soles

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FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (Recursos de las retribuciones recibidas de los concesionarios del Nuevo Terminal de Contenedores del Terminal Portuario del Callao-Zona Sur, del Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao y del Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao, en el marco de la Ley N° 27943 y el Decreto Supremo N° 049-2010-MTC) 1 445 728,00 -----------------TOTAL INGRESOS 1 445 728,00 EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO 026 UNIDAD EJECUTORA 004 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0135 : : : : : Gobierno Central Ministerio de Defensa Marina de Guerra del Perú Recursos Ordinarios Mejora de las Capacidades Militares para la Defensa y el Desarrollo Nacional En Soles PRODUCTO ACTIVIDAD GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS 3000719 : Ámbito acuático vigilado y controlado 5005255 : Servicios de la Administración Marítima 1 445 728,00 -----------------1 445 728,00 ==========

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan Directora II de la Oficina de Desarrollo del Talento Humano del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 351-2017-MIMP Lima, 1 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a II de la Oficina de Desarrollo del Talento Humano de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ Plaza N° 131 del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del MIMP, en consecuencia es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de la Secretaría General y de las Oficinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora LICCIA MARÍA FALCONE VARGAS en el cargo de Directora II de la Oficina de Desarrollo del Talento Humano de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1593689-1

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en el presente Crédito Suplementario, aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore la correspondiente "Nota para Modificación Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1593976-5

Modifican Plan de Estrategia Publicitaria 2017 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 352-2017-MIMP Lima, 1 de diciembre de 2017 Vistos, el Informe N° 010-2017-MIMP/SG-OC de la Oficina de Comunicación de la Secretaría General, el Informe N° 110-2017-MIMP/OGPP-OP de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 263-2017-MIMP/OGPP-OPR de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Memorando N° 5882017-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28874 - Ley que Regula la Publicidad Estatal, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión;

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