Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2017 (10/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Martes 10 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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En Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre de dos mil dieciséis. LUZ SALGADO RUBIANES Presidenta del Congreso de la República ROSA BARTRA BARRIGA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de enero del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1472086-2

"Artículo 3. El Sistema. El Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial está conformado por las siguientes entidades: a) Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP. b) Los gobiernos regionales. c) Los gobiernos locales. (...)". 1472087-1 FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO Nº 1314 Mediante Oficio Nº 028-2017-DP/SCM la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo Nº 1314, publicado en la edición del 31 de diciembre de 2016. En la parte Disposiciones Complementarias Finales: DICE: "Segunda.- De la Contratación de los Operadores de Servicios Electrónicos Autorícese excepcionalmente y hasta el 31 de diciembre del 2018, a las Entidades que se encuentren bajo el ámbito de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, a contratar terceros inscritos en el Registro de Operadores de Servicios Electrónicos que tendrán a su cargo la comprobación informática a que se refiere el numeral 1 del artículo único del presente decreto legislativo, a través del procedimiento de selección de comparación de precios regulada en la referida Ley y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2915-EF, con independencia del monto de la contratación." DEBE DECIR: "Segunda.- De la Contratación de los Operadores de Servicios Electrónicos Autorícese excepcionalmente y hasta el 31 de diciembre del 2018, a las Entidades que se encuentren bajo el ámbito de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, a contratar terceros inscritos en el Registro de Operadores de Servicios Electrónicos que tendrán a su cargo la comprobación informática a que se refiere el numeral 1 del artículo único del presente decreto legislativo, a través del procedimiento de selección de comparación de precios regulada en la referida Ley y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, con independencia del monto de la contratación." 1472090-1 FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO Nº 1326 Mediante Oficio Nº 026-2017-DP/SCM la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo Nº 1326, publicado en la edición del 6 de enero de 2017. En el artículo 29º; DICE: "Artículo 29.- De los requisitos para la designación de los/as procuradores/as públicos nacionales, regionales, municipales y Ad Hoc" (...)

PODER EJECUTIVO

DECRETOS LEGISLATIVOS
FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO Nº 1288 Mediante Oficio N° 025-2017-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo N° 1288, publicado en la edición del 29 de diciembre de 2016. En la página 608988.DICE: Artículo Único.- Modificación de los artículos 3 y 7 de la Ley N° 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su Vinculación con el Registro de Predios. Modifícanse los artículos 3 y 7 de la Ley N° 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el Registro de Predios, en los siguientes términos: "Articulo 3. El Sistema. El Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial está conformado por las siguientes entidades: a) Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP. b) Los gobiernos regionales. c) Los gobiernos regionales. (...)". DEBE DECIR: Artículo Único.- Modificación de los artículos 3 y 7 de la Ley N° 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su Vinculación con el Registro de Predios. Modifícanse los artículos 3 y 7 de la Ley N° 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el Registro de Predios, en los siguientes términos:

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