Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2017 (21/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Sábado 21 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, en tal sentido, a fin de efectivizar el pago de remuneraciones, pensiones y escolaridad correspondiente al mes de enero del 2017, de los trabajadores y pensionistas de las treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, resulta pertinente emitir el acto administrativo por el que se apruebe la transferencia del Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central hasta por la suma de SETECIENTOS VEINTITRÉS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS Y 57/100 SOLES (S/. 723 962,57) a favor de las treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Pública; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 26918 ­ Ley de creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, hasta por la suma de SETECIENTOS VEINTITRÉS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS Y 57/100 SOLES (S/. 723 962,57) a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, la cual será destinada al pago de planilla de remuneraciones, pensiones y escolaridad correspondiente al mes de enero del 2017, de los trabajadores y pensionistas de las citadas Sociedades de Beneficencia Pública. Artículo 2.- La Oficina General de Administración deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Las Sociedades de Beneficencia Pública deberán efectuar las rendiciones respectivas de los recursos transferidos, debiendo informar las mismas a la Dirección de Beneficencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad. Los recursos asignados que no fueren utilizados deberán ser revertidos al Tesoro Público. Artículo 4.- La Dirección General de la Familia y la Comunidad, a través de la Dirección de Beneficencias Públicas, y la Oficina General de Administración, en el marco de sus competencias, serán los responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de los recursos materia de transferencia. Artículo 5.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución se publique en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO - LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1476437-1

PRODUCE
Encargan el puesto de Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Calidad
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 005-2017-INACAL/PE Lima, 20 de enero de 2017 VISTO: La Carta de fecha 16 de enero de 2017, presentada por el señor José Manuel Zavala Muñoz, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 006-2015-INACAL-PE, se designó al señor José Manuel Zavala Muñoz en el cargo de Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL; Que, el referido funcionario ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar, siendo necesario encargar dicho puesto a fin de no afectar el normal funcionamiento del referido órgano del Instituto Nacional de Calidad; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; y el Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor José Manuel Zavala Muñoz, al cargo de Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Calidad, a partir del 21 de enero de 2017, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar a la señora Maritza Yanina Gutiérrez Vargas, Jefa de la Oficina de Administración del Instituto Nacional de Calidad, el puesto de Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Calidad, a partir de la fecha antes señalada y en adición a sus funciones, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCÍO BARRIOS ALVARADO Presidenta Ejecutiva Instituto Nacional de Calidad 1476816-1

RELACIONES EXTERIORES
Designan Agregada Civil para Asuntos Económicos a la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica, el Gran Ducado de Luxemburgo y Misión ante la Unión Europea
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0063/RE-2017 Lima, 16 de enero de 2017

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