Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2017 (21/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 21 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural sustenta la importancia de atender la problemática planteada por el RENIEC a efectos de garantizar el respeto de derechos fundamentales como lo es el derecho a la identidad; motivo por el cual resulta necesario reconocer la oficialidad de las referidas equivalencias, a efectos de que el RENIEC pueda hacer uso de ellas; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Norma Técnica "Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú", aprobada por Resolución Viceministerial N° 027-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- RECONOCER la oficialidad las equivalencias para el alfabeto ocaina, según grafías contenidas en la Resolución Directoral 003-2016-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA-DEIB, emitida la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe: Grafía del alfabeto Equivalencia m ¨ mw n ¨ nw ¨ ñ ñw de las N° por

Que, el apartado A del numeral 6.1.2 de la Norma Técnica denominada "Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú", aprobada por Resolución Viceministerial N° 027-2015-MINEDU, señala que los alfabetos se oficializan mediante Resolución Directoral de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe y que la oficialidad de los alfabetos se reconoce mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Directoral N° 004-2016-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA/DEIB, la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe oficializó el alfabeto de la lengua originaria Amahuaca (Amunvaka), el mismo que comprende diecinueve (19) grafías; Que, a través del Informe N° 133-2016-MINEDU/ VMGP/DIGEIBIRA la Directora General de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural sustenta la importancia de reconocer la oficialidad del alfabeto de la lengua originaria Amahuaca (Amunvaka) mediante Resolución Ministerial; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Norma Técnica denominada "Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú", aprobada por Resolución Viceministerial N° 027-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- RECONOCER la oficialidad del alfabeto de la lengua originaria Amahuaca (Amunvaka), realizada mediante Resolución Directoral N° 004-2016-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA/DEIB, conforme a las siguientes diecinueve (19) grafías:
a ch h i j k m n o p r sh t tz u v x y z

Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1476778-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 064-2017-MINEDU Lima, 20 de enero de 2017 Vistos; el Expediente N° 226690-2016, el Informe N° 027-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el literal f) del artículo 8 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece como uno de los principios en los que se sustenta la educación, la interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo; Que, el numeral 1 del artículo 21 de la Ley Nº 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, señala que el Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Intercultural y Bilingüe y la Dirección de Educación Rural, proporciona asistencia técnica, evalúa y oficializa las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del país. Asimismo, el numeral 2 del referido artículo precisa que las entidades públicas emplean versiones uniformizadas de las lenguas originarias en todos los documentos oficiales que formulan o publican; Que, el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 0112012-ED, señala que para garantizar el derecho de las poblaciones con lenguas originarias a una educación bilingüe acorde con su cultura y lengua, se debe, entre otros, oficializar las reglas de escritura uniforme, en concordancia con la Ley N° 29735;

Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1476778-2

Designan Jefa de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 065-2017-MINEDU Lima, 20 de enero de 2017 CONSIDERNADO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefa de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la funcionaria que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando anterior; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora SOFIA MILAGROS PRUDENCIO GAMIO, en el cargo de Jefa

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