Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2017 (21/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Sábado 21 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, dispone que el Superintendente tiene por función, entre otras, designar y remover a los directivos de la Sunafil; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ Sunafil, el cargo de Intendente Regional está calificado como empleado de confianza, con nivel remunerativo F1; Que, a la fecha se encuentran vacantes los cargos de Intendentes Regionales de las Intendencias Regionales de Moquegua y La Libertad de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, por lo que, corresponde designar a las personas que ejercerán dichos cargos; Con el visado del Secretario General, del Jefe de la Oficina General de Administración, del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Jefe de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con las facultades conferidas en el literal f) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ Sunafil, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR y modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha, a los siguientes servidores en el cargo de Intendente Regional según el siguiente detalle:
N° 01 02 Nombres y Apellidos Gloria Doris Valdivia de Chávez Oscar Humberto Moreno Rubiños Cargo Intendente Regional de Moquegua Intendente Regional de La Libertad

Artículo 2°.- Notificar la presente resolución a los servidores antes citados, así como a la Oficina General de Administración, para las acciones pertinentes. Artículo 3°- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la Sunafil (www.sunafil.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ERNESTO BENITES SARAVIA Superintendente (e) Nacional de Fiscalización Laboral 1476360-1

2003-PCM y modificado por Decreto Supremo N° 0702013-PCM, es obligación de la máxima autoridad de la entidad, designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público, mediante Resolución que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, y colocada en un lugar visible en cada una de las sedes administrativas de la entidad; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 048-2016-SUSALUD/S publicada el 3 de marzo de 2016, se designó al señor José Antonio Pantigoso Guevara como Responsable de Entregar la Información de Acceso Público de la Superintendencia Nacional de Salud y al señor Richard Mark Sin Porlles como Responsable Suplente de Entregar la Información de Acceso Público de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 007-2016-SUSALUD/S publicada el 3 de enero de 2016, se designó a la Abogada Lizbeth Seminario Benites como Responsable de Entregar la Información de Acceso Público en la Intendencia Macro Regional SUSALUD Norte de la Superintendencia Nacional de Salud y al médico cirujano Miguel Antonio Vela López como Responsable Suplente de Entregar la Información de Acceso Público en la Intendencia Macro Regional SUSALUD Norte de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 057-2016-SUSALUD/S publicada el 23 de abril de 2016, se designó a la abogada Cecilia del Pilar Cornejo Caballero como Responsable de Entregar la Información de Acceso Público de la Superintendencia Nacional de Salud en la Sede Cercado de Lima y a la abogada Claudia Marina Torres Vallejos como Responsable Suplente de Entregar la Información de Acceso Público de la Superintendencia Nacional de Salud en la Sede Cercado de Lima; Que, resulta necesario reemplazar a los responsables, Titular y Suplente de Entregar la Información de Acceso Público de la Superintendencia Nacional de Salud ­ Sede Surco; Con los vistos del Secretario General; y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Estando a las facultades previstas en el artículo 9 y los literales d), t) y x) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-SA. SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a la señorita abogada BRENDA RODOIL MEDINA RIVERA, como Responsable de Entregar la Información de Acceso Público de la Superintendencia Nacional de Salud ­ Sede Surco, quien en adición a sus funciones cumplirá con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0722003-PCM. Artículo 2.- DESIGNAR a la señorita abogada JEZABELL HELENA DEL MILAGRO TAPIA GONZÁLEZ, como Responsable Suplente de Entregar la Información de Acceso Público de la Superintendencia Nacional de Salud ­ Sede Surco, quien en adición a sus funciones y en ausencia del Responsable titular cumplirá con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM. Artículo 3.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Superintendencia N° 048-2016-SUSALUD/S. Artículo 4.- NOTIFICAR la presente Resolución a los servidores mencionados precedentemente, así como a todos los órganos de SUSALUD, para conocimiento y fines. Artículo 5.- DISPONER que la Oficina de Comunicación Corporativa publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en las sedes administrativas de la entidad; y, encargar a la

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Designan Responsable y Responsable Suplente de Entregar la Información de Acceso Público de la Superintendencia Nacional de Salud - Sede Surco
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 009-2017-SUSALUD/S Lima, 16 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM se aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la finalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 8 del TUO de la Ley N° 27806, dispone que las entidades públicas designen al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, conforme a los artículos 3 y 4 del Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-

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