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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2017 (28/01/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Sábado 28 de enero de 2017 / El Peruano Administración General y 010: Provías Descentralizado, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; en virtud de lo cual, a través del Ofi cio N° 299-2017-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 157 987 058,00), del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Arequipa y diversos pliegos Gobiernos Locales y de la Reserva de Contingencia, para el fi nanciamiento de treinta (30) proyectos de inversión pública de infraestructura vial, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; De conformidad con lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, el artículo 45 y el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modifi catorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 157 987 058,00), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Arequipa y diversos pliegos Gobiernos Locales, para fi nanciar la ejecución de treinta (30) proyectos de inversión pública de infraestructura vial, y de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: (En Soles) SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General PROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 19 103 177,00 TOTAL UE 001 19 103 177,00 =================== UNIDAD EJECUTORA 010 : Provías Descentralizado PROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 138 883 881,00 TOTAL UE 010 138 883 881,00 ==================== TOTAL EGRESOS 157 987 058,00 ===================== A LA: (En Soles) SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 29 278 017,00 TOTAL PLIEGO 009 29 278 017,00 =================== SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 443 : Gobierno Regional del Departamento de Arequipa PROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 12 000 000,00 TOTAL PLIEGO 443 12 000 000,00 =================== PLIEGOS : Gobiernos Locales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 116 709 041,00 TOTAL PLIEGO GL 116 709 041,00 ==================== TOTAL EGRESOS 157 987 058,00 ==================== 1.2 Los pliegos habilitados en la sección segunda del numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego y proyecto a fi nanciarse por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, se detallan en el Anexo ”Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa y diversos Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública de infraestructura vial, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a los que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Información Los pliegos habilitados en el presente Decreto Supremo, informarán al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, los avances físicos y fi nancieros de