Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2017 (05/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Domingo 5 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES
ANEXO

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1246, Decreto Legislativo que Aprueba Diversas Medidas de Simplificación Administrativa; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 047-2015-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de mayo de 2015 y vigente desde el 03 de agosto de 2015, se aprobó el Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, el cual resulta necesario modificar sobre la base de lo antes expuesto; Que, asimismo, el inciso b) del artículo 75º del referido Reglamento General del OSIPTEL dispone que son funciones del Consejo Directivo del OSIPTEL, el expedir normas y resoluciones de carácter general o particular, en materia de su competencia; Que, en virtud a lo dispuesto en el inciso b) del artículo 25° del referido Reglamento, este Organismo, en el ejercicio de su función normativa, tiene la facultad de dictar reglamentos o disposiciones de carácter general referidos a "Reglas a las que están sujetos los procesos que se sigan ante cualquiera de los órganos funcionales del OSIPTEL, incluyendo los reglamentos de reclamos de usuarios"; Que, el artículo 7º del Reglamento General del OSIPTEL, establece que toda decisión de este Organismo deberá adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocidos y predecibles por los administrados; Que, asimismo, el artículo 27º del Reglamento antes citado dispone que constituye requisito para la aprobación de los reglamentos, normas y disposiciones regulatorias de carácter general que dicte el OSIPTEL, el que sus respectivos proyectos sean publicados en el diario oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados; Que, en consecuencia, se debe disponer la aprobación de la publicación del Proyecto de Norma que modifica el Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, otorgándose el plazo respectivo para la remisión de los comentarios correspondientes; En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del artículo 25° y en el inciso b) del artículo 75º del Reglamento General del OSIPTEL, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 627; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar que se publique para comentarios el Proyecto de Norma que modifica el Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 047-2015CD/OSIPTEL. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución, conjuntamente con el Proyecto de Norma señalado en el artículo precedente, así como su Exposición de Motivos y el Informe N° 00003-ST/2017, sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe). Artículo Tercero.- Otorgar un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, para que los interesados remitan sus comentarios, al correo electrónico sid@ osiptel.gob.pe, mediante un archivo adjunto en formato Word, de conformidad con el Anexo de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría Técnica de los Órganos Colegiados, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al Proyecto, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese y publíquese. GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ Presidente del Consejo Directivo

Formato para la presentación de comentarios al Proyecto de Norma que modifica el Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones Artículo del Proyecto Xº Yº Zº ... Comentarios Generales Otros comentarios 1481949-1 Comentario

Aprueban que se publique en el Portal Electrónico del OSIPTEL el Proyecto de Norma que modifica el Reglamento para la Solución de Controversias entre Empresas
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 015-2017-CD/OSIPTEL Lima, 2 de febrero de 2017 Proyecto de Norma que modifica MATERIA : el Reglamento para la Solución de Controversias entre Empresas VISTOS: (i) El Proyecto de Norma presentado por la Gerencia General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL, que modifica el Reglamento para la Solución de Controversias entre Empresas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 136-2011-CD/OSIPTEL; y, (ii) El Informe N° 00002-ST/2017 de la Secretaría Técnica de los Órganos Colegiados, que recomienda la publicación previa para comentarios del Proyecto al que se refiere el numeral (i), y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley N° 27332, modificada por las Leyes Nº 27631, Nº 28337 y N° 28964, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) ejerce, entre otras, la función normativa que comprende la facultad de dictar en el ámbito y materias de su competencia, reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; así como la facultad de tipificar las infracciones por el incumplimiento de obligaciones; Que, en concordancia con lo establecido en el inciso b) del artículo 25º del Reglamento General del OSIPTEL, Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, este Organismo, en ejercicio de la función normativa, puede dictar reglamentos referidos a reglas a las que estén sujetos los procesos que se siguen ante cualquiera de los órganos funcionales del OSIPTEL, incluyendo, entre otros, los reglamentos de solución de controversias; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 136-2011-CD/OSIPTEL, este Organismo aprobó el Reglamento para la Solución de Controversias entre Empresas (Reglamento de Solución de Controversias) actualmente vigente;

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