Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2017 (05/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Domingo 5 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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- Departamento de Soporte Técnico. - Departamento de Servicios de Tecnologías de Información. - Departamento de Seguridad de Información y Continuidad Operacional. - Superintendencia Adjunta de Asuntos Internacionales, Capacitación y Comunicaciones - Departamento de Cooperación Internacional. - Departamento de Capacitación. - Departamento de Comunicaciones e Imagen Institucional. - Secretaría General. - Departamento de Registros. - Departamento de Gestión Documental. VI. Órganos de Línea - Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas. - Intendencia General de Banca. - Cinco (5) Departamentos de Supervisión Bancaria: A, B, C, D, E. - Intendencia General de Microfinanzas. - Cuatro (4) Departamentos de Supervisión Microfinanciera: A, B, C, D. - Un (1) Departamento de Supervisión del Sistema de Derramas y Cooperativas de Ahorro y Crédito. - Superintendencia Adjunta de Seguros. - Departamento de Metodologías de Supervisión y Estrategia de Seguros. - Intendencia General de Supervisión de Instituciones de Seguros. - Departamento de Supervisión de Seguros A. - Departamento de Supervisión de Seguros B. - Departamento de Supervisión de Intermediarios y Auxiliares. - Departamento de Supervisión de AFOCAT. - Departamento de Supervisión Actuarial. - Departamento de Supervisión de Inversiones de Seguros. - Departamento de Supervisión de Reaseguros. - Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. - Departamento de Metodologías de Supervisión y Estrategia Previsional. - Intendencia General de Supervisión Previsional. - Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales. - Departamento de Supervisión de Pensiones y Beneficios. - Departamento de Inversiones de Fondos Privados de Pensiones. - Unidad de Inteligencia Financiera del Perú. - Departamento de Coordinación Técnica y Desarrollo. - Departamento de Análisis Operativo. - Departamento de Análisis Estratégico. - Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación. - Departamento de Supervisión. - Departamento de Evaluación y Acciones Correctivas.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Organización para que, de conformidad con el Reglamento de Documentos Normativos Internos, proceda a la actualización del Reglamento de Organización y Funciones y de los Manuales de Organización y Funciones, en coordinación con los órganos involucrados. Artículo Tercero.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas entregará a la Gerencia de Planeamiento y Organización, lo siguiente: - Información para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones en el plazo de quince (15) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución. - Proyecto de Manual de Organización y Funciones, debidamente concordado y alineado al Reglamento de Organización y Funciones en el plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administración General la ejecución de las acciones administrativas necesarias que permitan la adecuada implementación de las modificaciones en la estructura orgánica. Artículo Quinto.- En tanto se implementen las disposiciones de los artículos segundo y tercero de la presente Resolución, mantiene su vigencia el Reglamento de Organización y Funciones N° SBS-ROF-SBS-010-16, con las precisiones siguientes: - El Departamento de Supervisión Bancaría E de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas es una unidad organizativa que tiene las mismas funciones que los otros departamentos de supervisión que forman parte de la Intendencia General de Banca, es decir, está encargado de realizar la supervisión integral, el control y la evaluación tanto "in situ" como "extra situ" de las empresas sometidas a su supervisión y los conglomerados a los que éstas pertenecen, para el adecuado control integral de los riesgos que los supervisados asumen en sus operaciones y servicios con el apoyo de las áreas técnicas correspondientes. - Se suprime de la estructura orgánica de la Superintendencia el Departamento de Metodologías de Supervisión y Estrategia Financiera. El Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas designará qué funcionarios y/o profesionales asumirán las funciones que venía desempeñando el referido Departamento. Artículo Sexto.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas realizar las acciones necesarias para adecuar los Comités bajo su competencia, los procedimientos del TUPA y los documentos normativos internos impactados por las disposiciones de la presente Resolución. Artículo Séptimo.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Organización actualizar el Plan Estratégico 2017-2021 y el Plan de Acción 2017 de acuerdo a la estructura aprobada en la presente Resolución. Artículo Octavo.- Dejar sin efecto el artículo primero de la Resolución SBS N° 1906-2016 de fecha 06 de abril de 2016, y el artículo primero de la Resolución SBS N° 5439-2016 de fecha 11 de octubre de 2016 y otras disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1481908-1

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