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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 (07/02/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Martes 7 de febrero de 2017 / El Peruano APROBACIÓN DE CONTRATACIONES DIRECTAS MATERIA DELEGADA CARGO DEL FUNCIONARIO que aprueba: Aprobar contrataciones directas salvo en los supuestos indicados en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley. Secretario/a General, o quien haga sus veces. APROBACIÓN DE LIQUIDACIÓN DE CONTRATOS DE CONSULTORÍA DE OBRA Y DE EJECUCIÓN DE OBRA MATERIA DELEGADA CARGO DEL FUNCIONARIO que aprueba: Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de consultorías de obras y ejecución de obras Jefe/a de la Ofi cina de Administración, o quien haga sus veces. Artículo Tercero.- Delegar en la Secretaría General de PERÚ COMPRAS, la facultad de aprobar las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, que incluye sus anexos. Artículo Cuarto.- Delegar en el/la Jefe/a de la Ofi cina de Administración de PERÚ COMPRAS, la facultad de representar a PERÚ COMPRAS ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT y suscribir documentos, ofi cios y escritos ante esta Entidad, en el marco de su competencia. Artículo Quinto.- Disponer que las delegaciones previstas por la presente resolución son indelegables, y comprende las facultades de decidir dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; más no la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones legales vigentes establecidas para tal caso. Artículo Sexto.- Precisar que corresponde a la Ofi cina de Administración, la suscripción de los contratos derivados de la aplicación de la Ley Nº 30225 y sus normas reglamentarias, modifi catorias y complementarias. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE Jefa (e) de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS 1482470-1 EDUCACION Reconocen la oficialidad del alfabeto de la lengua originaria kawki, realizada mediante R.D. N° 001-2017-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA/DEIB RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 106-2017-MINEDU Lima, 6 de febrero de 2017 Vistos; el Expediente N° 04498-2017, el Informe N° 072-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el literal f) del artículo 8 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece como uno de los principios en los que se sustenta la educación, la interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo; Que, el numeral 1 del artículo 21 de la Ley Nº 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, señala que el Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Intercultural y Bilingüe y la Dirección de Educación Rural, proporciona asistencia técnica, evalúa y ofi cializa las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del país. Asimismo, el numeral 2 del referido artículo precisa que las entidades públicas emplean versiones uniformizadas de las lenguas originarias en todos los documentos ofi ciales que formulan o publican; Que, el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011- 2012-ED, señala que para garantizar el derecho de las poblaciones con lenguas originarias a una educación bilingüe acorde con su cultura y lengua, se debe, entre otros, ofi cializar las reglas de escritura uniforme, en concordancia con la Ley N° 29735; Que, el apartado A del numeral 6.1.2 de la Norma Técnica denominada “Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 027-2015-MINEDU, señala que los alfabetos se ofi cializan mediante Resolución Directoral de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe y que la ofi cialidad de los alfabetos se reconoce mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Directoral N° 001-2017-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA/DEIB, la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe ofi cializó el alfabeto de la lengua originaria kawki, el mismo que comprende treinta y nueve (39) grafías; Que, a través del Informe N° 011-2017-MINEDU/ VMGP/DIGEIBIRA la Directora General de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural sustenta la importancia de reconocer la ofi cialidad del alfabeto de la lengua originaria kawki mediante Resolución Ministerial; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley N° 26510; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Norma Técnica denominada “Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 027-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- RECONOCER la ofi cialidad del alfabeto de la lengua originaria kawki, realizada mediante Resolución Directoral N° 001-2017-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA/DEIB, conforme a las siguientes treinta y nueve (39) grafías: a ch chh ch’ cx cxh cx’ i j k kh k’ l ll m n ñ nh p ph p’ q qh q’ r s sh t th t’ ty tyh ty’ ts tsh ts’ u w y Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1482747-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Chile, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 047-2017-IN Lima, 2 de febrero de 2017 VISTOS; la Carta, de fecha 24 de junio de 2016, de la Secretaria Ejecutiva del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras (CECIPU); y, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 14-2017-DG PNP/DIRASINT-DB, de fecha