Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2017 (07/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 7 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Familiar Habitacional - BFH, previo proceso de Convocatoria publicado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, de conformidad con Reglamento Operativo aprobado por Resolución Ministerial Nº 102-2012-VIVIENDA, el Grupo Familiar Elegible, con proyecto inscrito en el Registro de Proyectos, en el plazo dispuesto por el numeral 19.3 del artículo 19 del Reglamento Operativo antes indicado, queda expedito para presentar los requisitos para ser calificado como Grupo Familiar Beneficiario, condición que le permite previa presentación de las garantías por parte de la Entidad Técnica, poder acceder al desembolso del BFH; Que, con Informe Nº 052-2017/VIVIENDA/VMVUDGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, sustentado en el informe Nº 0492017/VIVIENDA/VMVU/DGPPVU-DEPPVU de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, señala la necesidad de desembolsar Bonos Familiares Habitacionales en la Modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y Bonos Familiares Habitacionales en la modalidad de Mejoramiento de Vivienda; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por Decreto Supremo Nº.006-2015-VIVIENDA y la Resolución Ministerial Nº 102-2012-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional para las Modalidades de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda; SE RESUELVE: Artículo 1.- Segunda Convocatoria para el otorgamiento de Bonos Familiares Habitacionales 2017 Convócase a los Grupos Familiares que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo aprobado por Resolución Ministerial Nº 102-2012-VIVIENDA, para el otorgamiento de hasta 6000 BFHs en la modalidad de Construcción en Sitio Propio y 1000 BFHs en la modalidad de Mejoramiento de Vivienda. Artículo 2.- Otorgamiento del Bono Familiar Habitacional a Grupos Familiares Dispóngase que el otorgamiento de los BFHs referidos en el artículo anterior, se efectúa a los Grupos Familiares que a la fecha de la emisión de la presente Resolución cuenten con Registro de Proyecto o se encuentren en las subsiguientes etapas ante el FMV, en el marco de lo dispuesto por el Reglamento Operativo para Acceder al Bono Familiar Habitacional para las Modalidades de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado por Resolución Ministerial Nº 102-2012-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1482786-2

Que, la Ley N° 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 7 que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el artículo 1 de la citada Ley; Que, el artículo 9, concordado con el literal i) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI aprobado mediante el Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, establece que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad y tiene la potestad de designar y cesar a los empleados de confianza, de conformidad con la legislación vigente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 205-2011-COFOPRI/DE del 06 de octubre de 2011 se designó al señor Paul Emerson Arrunátegui Sandoval en el cargo de Jefe de la Oficina Zonal de Tumbes; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación referida en el considerando que antecede; y, a fin de continuar con el normal desarrollo de las funciones y actividades que realiza la Oficina Zonal de Tumbes resulta necesario encargar al servidor que desempeñará dicho cargo; Que, mediante Resolución Directoral Nº 206-2011-COFOPRI/DE del 06 de octubre de 2011 se encargó al señor Paul Emerson Arrunátegui Sandoval las funciones de Jefe de la Oficina Zonal de Piura; Que, se ha visto por conveniente dar por concluido el encargo referido en el considerando que antecede; y, a fin de continuar con el normal desarrollo de las funciones y actividades que realiza la Oficina Zonal de Piura resulta necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27594 y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI aprobado mediante el Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA; con el visado de la Secretaría General, Oficina de Administración, Oficina de Asesoría Jurídica y la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del señor Paul Emerson Arrunátegui Sandoval en el cargo de Jefe de la Oficina Zonal de Tumbes del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Dar por concluido, a partir de la fecha, el encargo de funciones al señor Paul Emerson Arrunátegui Sandoval como Jefe de la Oficina Zonal de Piura del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Tercero.- Designar, a partir de la fecha, al señor Paul Emerson Arrunátegui Sandoval en el cargo de Jefe de la Oficina Zonal de Piura del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI. Artículo Cuarto.- Encargar, a partir de la fecha, al señor Paul Emerson Arrunátegui Sandoval, la funciones de Jefe de la Oficina Zonal de Tumbes del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QUILCATE TIRADO Director Ejecutivo 1482675-1

ORGANISMOS EJECUTORES

ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Designan Jefe de la Oficina Zonal de Piura y encargan funciones de Jefe de la Oficina Zonal de Tumbes del COFOPRI
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 029-2017-COFOPRI/DE Lima, 6 de febrero de 2017

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