Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2017 (07/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Martes 7 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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se encuentran consignadas en el portal electrónico institucional. 2.2 Aportes en línea: Los interesados podrán remitir sus aportes al siguiente correo electrónico: aportes@ osinfor.gob.pe La recepción de los aportes, mediante los mecanismos señalados en los numerales 2.1 y 2.2, se efectuará por un plazo de diez (10) días hábiles computados desde la publicación de la presente Resolución Presidencial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAXIMO SALAZAR ROJAS Presidente Ejecutivo (e) 1482544-1

Artículo 2º.- Encargar, a partir del 01 de febrero de 2017, al abogado Walther Javier Iberos Guevara, Asesor Legal, categoría D-2, las funciones y responsabilidades inherentes al cargo de Jefe de la Oficina de la Secretaría General, cargo de confianza, categoría J-3 del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO). Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL JUAN ARTEAGA CONTRERAS Presidente Ejecutivo 1482718-1

ORGANISMOS REGULADORES

SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
Encargan funciones y responsabilidades inherentes al cargo de Jefe de la Oficina de la Secretaría General del SENCICO
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 17-2017-02.00 Lima, 1 de febrero de 2017 VISTO; El acuerdo Nº 1161-07 de la sesión Ordinaria Nº 1161 de fecha 11 de enero del 2017 del Concejo Directivo Nacional; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 952015-02.00; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 15-2017-02.00; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 95-2015-02.00, de fecha 23 de julio del 2015, se designó a la abogada Nelly Flor Ramos García en el cargo de confianza, categoría D2, las funciones y responsabilidades de Asesora Legal, categoría D-2, con efectividad al 30 de julio de 2015; y, asimismo, se le encargó las funciones y responsabilidades inherentes al cargo de confianza de Jefe de la Oficina de la Secretaría General, a partir del 30 de julio del 2015; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 15-2017-02.00, de fecha 24 de enero de 2017 se aceptó, a partir del 31 de enero de 2017, la renuncia formulada por la abogada en mención y se designa, con efectividad al 01 de febrero de 2017, al abogado Walther Javier Iberos Guevara; por lo que resulta pertinente realizar la encargatura de las funciones y responsabilidades de Jefe de la Oficina de la Secretaría General; Que de conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 147, Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO) y literal j) del artículo 33º del Estatuto del SENCICO, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA; Con el visto de la Jefa del Departamento de Recursos Humanos, del Gerente de la Oficina de Administración y Finanzas y el Gerente General; SE RESUELVE: Artículo 1º. - Dar por concluida, a partir del 31 de enero de 2017, el encargo de Jefe de la Secretaría General a la Abogada Nelly Flor Ramos García realizado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 95-2015-02.00, dándosele las gracias por la labor realizada.

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas
RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 004-2017-OS/GRT Lima, 3 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29852 (en adelante la Ley) creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3° un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg; Que, las distribuidoras eléctricas, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento; y los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por Osinergmin en que incurran dichas Empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, con Resolución Osinergmin N° 187-2014-OS/ CD, publicada en el diario oficial El peruano el 24 de septiembre de 2014, se aprobó la Norma "Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas" (en adelante la "Norma Costos FISE"), la misma que estableció la fijación de costos estándares unitarios para el reconocimiento de los costos de implementación y operación del FISE; Que, mediante Resolución Osinergmin N° 012-2015OS/GART, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 25 de febrero de 2015, se aprobaron los costos estándares unitarios de cada una de las zonas de atención FISE aplicables a cada distribuidora eléctrica, fecha a partir de la cual se efectúa el reconocimiento de los costos administrativos y operativos del FISE considerando los costos estándares unitarios aprobados; Que, considerando las fechas en que incurrieron en sus costos, las distribuidoras eléctricas Adinelsa, Chavimochic, Coelvisac, Eilhicha, Electro Dunas, Electro Oriente, Electro Puno, Electro Sur Este, Electro Tocache, Electro Ucayali, Electrocentro, Electronoroeste,

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