Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2017 (17/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Viernes 17 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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N° 18) Evaluación de Estudios de Impacto Ambiental Detallado EIA-d, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI. Artículo 5.- De la modificación en el tipo de calificación Modificar el tipo de calificación de silencio positivo a aprobación automática, en los siguientes Procedimientos Administrativos: Procedimiento N° 10) Inscripción de entidades autorizadas para la elaboración de Estudios Ambientales; Procedimiento N° 11) Renovación de inscripción de entidades autorizadas para la elaboración de Estudios Ambientales; Procedimiento N° 12) Inscripción en el Registro Nacional de Especialistas en Levantamiento de Suelos; y, Procedimiento N° 13) Renovación de inscripción en el Registro Nacional de Especialistas en Levantamiento de Suelos, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI. Artículo 6.- De la eliminación de servicios catastrales prestados en exclusividad del TUPA MINAGRI Eliminar seis (06) servicios catastrales prestados en exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI, siendo los siguientes servicios: Servicio N° 05) Digitalización de Plano Topográfico a escala 1:25,000 en 2D por lámina (incluye CD); Servicio N° 06) Migración de Plano Topográfico a escala 1:25,000 de 2D a 3D, en formato CAD (incluye CD); Servicio N° 12) Archivo Digital de predios rurales en formato CAD (incluye CD), por grupo de hasta 100 predios rurales (predios contiguos); Servicio N° 13) Plano catastral en formato 0.50m x 0.50m; Servicio N° 14) Padrón catastral rural en formato A4 (30 registros por hoja); y, Servicio N° 15 Copia Informativa del Plano Catastral impreso en blanco y negro, en papel formato A4. Artículo 7.- Del carácter gratuito y eliminación de requisitos en los servicios en exclusividad del TUPA MINAGRI Establecer la gratuidad y eliminación de requisitos en los siguientes servicios en exclusividad: Servicio N° 02) Plano Topográfico original o catastral, anterior al año 1990 a escalas: 1: 5,000 o 1: 10,000 o 1:25,000 (según escala disponible); Servicio N° 03) Plano Topográfico Digitalizado del original a escala 1: 25,000; Servicio N° 04) Padrón Catastral Rural anterior al año 1990, en Formato A3; Servicio N° 07) Índice Departamental de Hojas Topográficas a escala 1: 25,000 en formato 0.50m x 0.50 m; Servicio N° 08) Fotografía aérea (Tamaño 23 cm x 23 cm); Servicio N° 09) Fotoíndice escaneado de aerofotografías (Incluye CD); Servicio N° 10) Ortofoto digital (escala de grises en formato 0.50 m x 0.50 m a escala 1: 5,000); y, Servicio N° 11) Gráfico de vuelo por Proyecto, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI. Artículo 8.- De la nueva numeración de los servicios en exclusividad del TUPA MINAGRI Asignar a los servicios en exclusividad, referidos en el artículo 7 precedente, de manera correlativa, los números 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08 y 09, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI. Artículo 9.- De la actualización de los Formularios Actualizar los Formularios P-2, P-3, P-4A, P-4B, P5, P6, P7 y P8 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI, en virtud a la simplificación de los Procedimientos Administrativos señalados en los artículos precedentes, y que en Anexo 2 forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 10.- De la actualización de los porcentajes de la Unidad Impositiva Tributaria Actualizar los porcentajes de la Unidad Impositiva

Tributaria respecto a los derechos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI, en función al nuevo valor de la UIT de Cuatro Mil Cincuenta y 00/100 Soles (S/ 4 050,00) para el año 2017, establecida por Decreto Supremo N° 353-2016-EF. Artículo 11.- De la publicación La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, conjuntamente con el Anexo Formato TUPA del Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI, se publicarán en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI (www. minagri.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1486234-1

Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0048-2017-MINAGRI Lima, 15 de febrero de 2017 VISTA: La Carta S/N, de fecha 07 de febrero de 2017, del Gerente General de la empresa Dragatec S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta S/N, de fecha 07 de febrero de 2017, el Gerente General de la empresa Dragatec S.A., cursa invitación, entre otros, a la Viceministra de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego y al Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego, ambos del Ministerio de Agricultura y Riego, para participar de un visita de carácter técnico a las instalaciones de la referida empresa, del 16 al 19 de febrero de 2017; Que, el objetivo de la referida visita consiste en dar a conocer las ventajas de la tecnología respecto a la limpieza y descolmatación de represas y ríos; así como absolver dudas y comentarios respecto al proceso de dragado y brindar soluciones de gestión de procedimientos de descolmatación de represas; Que, en el Anexo 1 adjunto al Memorándum N° 0053-2017-MINAGRI-DVDIAR, de fecha 13 de febrero de 2017, la Viceministra de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego señala que los pasajes de ida y vuelta serán comprados por la empresa Dragatec S.A.; Que, es de interés institucional participar en la referida visita técnica, toda vez que, de acuerdo a lo señalado por el Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego en la Exposición de Motivos remitida con el Memorándum N° 0053-2017-MINAGRI-DVDIAR, permitirá, entre otros, el intercambio de conocimiento e información de importancia para el cumplimiento de los objetivos establecidos en la normatividad vigente y planes sectoriales relacionado a la ejecución y al incremento de la eficiencia en los ámbitos de pobreza rural, fortaleciendo la gestión en el manejo de las obras de defensa ribereña que son estructuras para proteger de las crecidas de los ríos, a fin de evitar las inundaciones de terrenos de cultivos y otros; por tanto, resulta procedente autorizar el viaje de la señora Eufrosina Hilda Santa María Rubio, Viceministra de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego y del señor Carlos Augusto Vargas Rodríguez, Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego, a las ciudades de Santiago de Chile y Valdivia, República de Chile, del 16 al 19 de febrero de 2017;

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