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5 NORMAS LEGALES Viernes 17 de febrero de 2017 El Peruano / N° 18) Evaluación de Estudios de Impacto Ambiental Detallado EIA-d, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI. Artículo 5.- De la modi fi cación en el tipo de califi cación Modificar el tipo de calificación de silencio positivo a aprobación automática, en los siguientes Procedimientos Administrativos: Procedimiento N° 10) Inscripción de entidades autorizadas para la elaboración de Estudios Ambientales; Procedimiento N° 11) Renovación de inscripción de entidades autorizadas para la elaboración de Estudios Ambientales; Procedimiento N° 12) Inscripción en el Registro Nacional de Especialistas en Levantamiento de Suelos; y, Procedimiento N° 13) Renovación de inscripción en el Registro Nacional de Especialistas en Levantamiento de Suelos, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI. Artículo 6.- De la eliminación de servicios catastrales prestados en exclusividad del TUPA MINAGRI Eliminar seis (06) servicios catastrales prestados en exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI, siendo los siguientes servicios: Servicio N° 05) Digitalización de Plano Topográ fi co a escala 1:25,000 en 2D por lámina (incluye CD); Servicio N° 06) Migración de Plano Topográ fi co a escala 1:25,000 de 2D a 3D, en formato CAD (incluye CD); Servicio N° 12) Archivo Digital de predios rurales en formato CAD (incluye CD), por grupo de hasta 100 predios rurales (predios contiguos); Servicio N° 13) Plano catastral en formato 0.50m x 0.50m; Servicio N° 14) Padrón catastral rural en formato A4 (30 registros por hoja); y, Servicio N° 15 Copia Informativa del Plano Catastral impreso en blanco y negro, en papel formato A4. Artículo 7.- Del carácter gratuito y eliminación de requisitos en los servicios en exclusividad del TUPA MINAGRI Establecer la gratuidad y eliminación de requisitos en los siguientes servicios en exclusividad: Servicio N° 02) Plano Topográ fi co original o catastral, anterior al año 1990 a escalas: 1: 5,000 o 1: 10,000 o 1:25,000 (según escala disponible); Servicio N° 03) Plano Topográ fi co Digitalizado del original a escala 1: 25,000; Servicio N° 04) Padrón Catastral Rural anterior al año 1990, en Formato A3; Servicio N° 07) Índice Departamental de Hojas Topográ fi cas a escala 1: 25,000 en formato 0.50m x 0.50 m; Servicio N° 08) Fotografía aérea (Tamaño 23 cm x 23 cm); Servicio N° 09) Fotoíndice escaneado de aerofotografías (Incluye CD); Servicio N° 10) Ortofoto digital (escala de grises en formato 0.50 m x 0.50 m a escala 1: 5,000); y, Servicio N° 11) Grá fi co de vuelo por Proyecto, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI. Artículo 8.- De la nueva numeración de los servicios en exclusividad del TUPA MINAGRI Asignar a los servicios en exclusividad, referidos en el artículo 7 precedente, de manera correlativa, los números 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08 y 09, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI. Artículo 9.- De la actualización de los Formularios Actualizar los Formularios P-2, P-3, P-4A, P-4B, P5, P6, P7 y P8 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI, en virtud a la simpli fi cación de los Procedimientos Administrativos señalados en los artículos precedentes, y que en Anexo 2 forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 10.- De la actualización de los porcentajes de la Unidad Impositiva Tributaria Actualizar los porcentajes de la Unidad Impositiva Tributaria respecto a los derechos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI, en función al nuevo valor de la UIT de Cuatro Mil Cincuenta y 00/100 Soles (S/ 4 050,00) para el año 2017, establecida por Decreto Supremo N° 353-2016-EF. Artículo 11.- De la publicación La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; asimismo, conjuntamente con el Anexo Formato TUPA del Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI, se publicarán en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI (www.minagri.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1486234-1 Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0048-2017-MINAGRI Lima, 15 de febrero de 2017VISTA:La Carta S/N, de fecha 07 de febrero de 2017, del Gerente General de la empresa Dragatec S.A.; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Carta S/N, de fecha 07 de febrero de 2017, el Gerente General de la empresa Dragatec S.A., cursa invitación, entre otros, a la Viceministra de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego y al Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego, ambos del Ministerio de Agricultura y Riego, para participar de un visita de carácter técnico a las instalaciones de la referida empresa, del 16 al 19 de febrero de 2017; Que, el objetivo de la referida visita consiste en dar a conocer las ventajas de la tecnología respecto a la limpieza y descolmatación de represas y ríos; así como absolver dudas y comentarios respecto al proceso de dragado y brindar soluciones de gestión de procedimientos de descolmatación de represas; Que, en el Anexo 1 adjunto al Memorándum N° 0053-2017-MINAGRI-DVDIAR, de fecha 13 de febrero de 2017, la Viceministra de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego señala que los pasajes de ida y vuelta serán comprados por la empresa Dragatec S.A.; Que, es de interés institucional participar en la referida visita técnica, toda vez que, de acuerdo a lo señalado por el Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego en la Exposición de Motivos remitida con el Memorándum N° 0053-2017-MINAGRI-DVDIAR, permitirá, entre otros, el intercambio de conocimiento e información de importancia para el cumplimiento de los objetivos establecidos en la normatividad vigente y planes sectoriales relacionado a la ejecución y al incremento de la e fi ciencia en los ámbitos de pobreza rural, fortaleciendo la gestión en el manejo de las obras de defensa ribereña que son estructuras para proteger de las crecidas de los ríos, a fi n de evitar las inundaciones de terrenos de cultivos y otros; por tanto, resulta procedente autorizar el viaje de la señora Eufrosina Hilda Santa María Rubio, Viceministra de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego y del señor Carlos Augusto Vargas Rodríguez, Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego, a las ciudades de Santiago de Chile y Valdivia, República de Chile, del 16 al 19 de febrero de 2017;