Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2017 (17/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Viernes 17 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES
PLIEGO MONTO PRESUPUESTARIO (En soles) PERSONA JURÍDICA

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al cargo de Director General de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 20 de febrero de 2017, al señor Oscar Alfredo Rodríguez Muñoz en el cargo de Director General de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1486836-1

124 932

CENTRO DE DESARROLLO DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO MISIONES DE OBSERVACIÓN ELECTORAL DE LA OEA ONU-MUJERES ORGANISMO INTERNACIONAL ENERGÍA ATÓMICA DE

34 000 17 000 008: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES 1 564 194

RELACIONES EXTERIORES
Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30518 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017
DECRETO SUPREMO N° 003-2017-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2017 de la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2017; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30518, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo B: Cuotas Internacionales­Año Fiscal 2017 podrán ser modificadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el referido Anexo B, en el que se ha consignado a su cargo efectuar el pago de la cuota anual correspondiente al año 2017 a favor de varios organismos internacionales; Que, en ese sentido, luego de realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales­Año Fiscal 2017 de la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego Presupuestario 008: Ministerio de Relaciones Exteriores; a efectos de atender el pago de la cuota anual a favor de los organismos internacionales indicados en el presente decreto; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30518­Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; DECRETA: Artículo 1.- Modificación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2017 de la Ley N° 30518­Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, respecto de los siguientes organismos internacionales y montos:
PLIEGO MONTO PRESUPUESTARIO (En soles) 570 731 PERSONA JURÍDICA ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE INTEGRACIÓN

37 948

ORGANISMO PARA LA PROSCRIPCIÓN DE LAS ARMAS NUCLEARES EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (PRESUPUESTO REGULAR) PERSONA JURÍDICA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS ORGANIZACIÓN DEL TRATADO DE COOPERACIÓN AMAZÓNICA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE LAS MADERAS TROPICALES ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE POLICIA CRIMINAL (INCLUYE SEDE BS. AS.) ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL ORGANIZACIÓN COMERCIO MARÍTIMA MUNDIAL DEL

1 439 108

PLIEGO MONTO PRESUPUESTARIO (En soles) 2 495 223 1 487 860 326 256 276 430 1 948 467 008: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES 97 325 1 599 923 7 482 788 146 113 889 349 21 175 1 552 338

SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES SECRETARÍA IBEROAMERICANA GENERAL

SISTEMA ECONÓMICO LATINOAMERICANO Y DE CARIBE GRUPO DE LOS 77 TRIBUNAL DE JUSTICIA COMUNIDAD ANDINA DE LA

Artículo 2.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1487028-2

Ratifican Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China
DECRETO SUPREMO N° 004-2017-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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