TEXTO PAGINA: 15
15 NORMAS LEGALES Viernes 17 de febrero de 2017 El Peruano / al cargo de Director General de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 20 de febrero de 2017, al señor Oscar Alfredo Rodríguez Muñoz en el cargo de Director General de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1486836-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 DECRETO SUPREMO N° 003-2017-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2017 de la Ley Nº 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2017; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30518, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo B: Cuotas Internacionales–Año Fiscal 2017 podrán ser modi fi cadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el referido Anexo B, en el que se ha consignado a su cargo efectuar el pago de la cuota anual correspondiente al año 2017 a favor de varios organismos internacionales; Que, en ese sentido, luego de realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modi fi car el Anexo B: Cuotas Internacionales–Año Fiscal 2017 de la Ley Nº 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego Presupuestario 008: Ministerio de Relaciones Exteriores; a efectos de atender el pago de la cuota anual a favor de los organismos internacionales indicados en el presente decreto; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30518–Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; DECRETA: Artículo 1.- Modi fi cación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2017 de la Ley N° 30518–Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, respecto de los siguientes organismos internacionales y montos: PLIEGO PRESUPUESTARIOMONTO (En soles)PERSONA JURÍDICA 570 731ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE INTEGRACIÓNPLIEGO PRESUPUESTARIOMONTO (En soles)PERSONA JURÍDICA 124 932CENTRO DE DESARROLLO DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO 34 000MISIONES DE OBSERVACIÓN ELECTORAL DE LA OEA 17 000 ONU-MUJERES 008: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES1 564 194ORGANISMO INTERNACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA 37 948ORGANISMO PARA LA PROSCRIPCIÓN DE LAS ARMAS NUCLEARES EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE 1 439 108ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (PRESUPUESTO REGULAR) PLIEGO PRESUPUESTARIOMONTO (En soles)PERSONA JURÍDICA 008: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES2 495 223ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS 1 487 860ORGANIZACIÓN DEL TRATADO DE COOPERACIÓN AMAZÓNICA 326 256ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE LAS MADERAS TROPICALES 276 430ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE POLICIA CRIMINAL (INCLUYE SEDE BS. AS.) 1 948 467ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO 97 325ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL 1 599 923ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO 7 482 788SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES 146 113SECRETARÍA GENERAL IBEROAMERICANA 889 349SISTEMA ECONÓMICO LATINOAMERICANO Y DE CARIBE 21 175 GRUPO DE LOS 77 1 552 338TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA Artículo 2.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1487028-2 Ratifican Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China DECRETO SUPREMO N° 004-2017-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA