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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 (17/02/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Viernes 17 de febrero de 2017 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, el Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China , fue suscrito el 21 de noviembre de 2016, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y rati fi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China , suscrito el 21 de noviembre de 2016, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido Convenio, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1487029-1 Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA N° 056-2017-RE Lima, 16 de febrero de 2017VISTO:El Memorándum Nº DGM0073/2017, de 03 de febrero de 2017, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales, mediante el cual se solicita, entre otros, la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de diversas cuotas;CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales–Año Fiscal 2017”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2017; Que, de conformidad con el inciso 1.3 del artículo 1 la Ley Nº 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley N° 28411–Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago de diversas cuotas, conforme el detalle que se consigna en la presente resolución, a fi n de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de pago de cuotas Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar los pagos de las siguientes cuotas: PLIEGO PRESUPUESTARIOMONTO (En soles)PERSONA JURÍDICA 008: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES41 490ACADEMIA DE LA HAYA DE DERECHO INTERNACIONAL 10 534ACUERDO SOBRE LA CONSERVACIÓN DE ALBATROS Y PRETELES 79 200CENTRO REGIONAL DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA PAZ, EL DESARME Y EL DESARROLLO EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE 54 307COMISIÓN INTERNACIONAL DE LA BALLENA 621 179COMISIÓN PERMANENTE DEL PACÍFICO SUR 206 318COMISIÓN PREPARATORIA DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRATADO DE PROHIBICIÓN COMPLETA DE LOS ENSAYOS NUCLEARES