Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2017 (28/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Martes 28 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 1491051-2

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 para financiar proyectos de inversión pública de infraestructura sanitaria
DECRETO SUPREMO Nº 030-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011: Ministerio de Salud; Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, según lo establece la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la Política Nacional de Salud y es la máxima autoridad en materia de salud; Que, el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional que cuenten con recursos públicos asignados en su presupuesto institucional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último, previa suscripción de convenio; señalando que dichas transferencias de recursos sólo se autorizan hasta el 31 de marzo del año 2017, debiéndose emitir el Decreto Supremo correspondiente dentro del plazo establecido en el referido numeral; precisando que las propuestas de Decreto Supremo correspondientes sólo podrán ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 15 de marzo de 2017; Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 30518, señala que, previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con el informe favorable de la Oficina de Inversiones de la entidad del Gobierno Nacional o la que haga sus veces, respecto a la viabilidad del proyecto de inversión pública, en el marco de la normatividad que regula la inversión pública; asimismo, establece que en el caso de los proyectos de inversión que no cuenten con el estudio definitivo o expediente técnico, la transferencia de recursos se efectúa sólo para financiar esta finalidad, hasta por el cien por ciento (100%) del valor total pactado para el estudio definitivo o expediente técnico en los respectivos convenios para ser transferido, y sólo deben contar con el informe favorable de la Oficina de Inversiones de la entidad del Gobierno Nacional o la que haga sus veces, respecto de la viabilidad del proyecto de inversión pública, en el marco de la normatividad que regula la inversión pública;

Que, el numeral 13.4 del artículo 13 de la citada Ley Nº 30518, indica, entre otros, que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, mediante los Informes Nºs. 005-2017-OGIOGPPM/MINSA y 188-2017-OGPPM-OGI/MINSA, la Oficina de Gestión de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del pliego 011: Ministerio de Salud (MINSA), emite opinión favorable respecto a la viabilidad de los proyectos de inversión pública, en el marco de la normatividad que regula la inversión pública; Que, asimismo, mediante Informe Nº 0332017-OGPPM-OPF/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización indica que el pliego Ministerio de Salud cuenta con los recursos necesarios para efectuar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, hasta por la suma de DOCE MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 12 520 465,00) para el financiamiento de proyectos de inversión pública de infraestructura sanitaria, los cuales cuentan con el informe favorable de la Oficina de Gestión de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, respecto a la viabilidad de los proyectos de inversión pública, en el marco de la normatividad que regula la inversión pública; asimismo, se precisa que para la ejecución de los proyectos a cargo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, el Ministerio de Salud ha suscrito los convenios respectivos con dichas Instancias Descentralizadas, en el marco del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en virtud de lo cual a través de los Oficios Nºs 469 y 552-2017-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas del pliego Ministerio de Salud a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, hasta por la suma total de DOCE MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 12 520 465,00) para el financiamiento de diez (10) proyectos de inversión pública de infraestructura sanitaria, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en el marco de lo dispuesto en las normas indicadas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de DOCE MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 12 520 465,00) del pliego Ministerio de Salud a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para financiar la ejecución de diez (10) proyectos de inversión pública de infraestructura sanitaria, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administración Central - MINSA

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