Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2017 (28/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Martes 28 de febrero de 2017 /

El Peruano

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 1491051-4

para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor del pliego 558: Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, para financiar la implementación de dicha Universidad; en virtud de lo cual mediante Oficio N° 00177-2017-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TRES Y 00/100 SOLES (S/ 2 267 803,00) del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor del pliego 558: Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo para financiar la implementación de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo en el presente ejercicio fiscal; De conformidad con la Octogésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TRES Y 00/100 SOLES (S/ 2 267 803,00) del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor del pliego 558: Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo para financiar la implementación de la citada Universidad, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo
DECRETO SUPREMO Nº 032-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29716, modificada por la Ley N° 29965 y el Decreto de Urgencia Nº 030-2011, se creó la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, como persona jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Pampas, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, la misma que constituye un pliego presupuestario; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 072-2016-MINEDU se constituye la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo; Que, la Octogésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza al Ministerio de Educación a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo para la implementación de la referida Universidad, en el marco de las disposiciones legales vigentes; asimismo, establece que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación, a propuesta de esta última; Que, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación, mediante Informe N° 006-2017-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, señala que la Comisión Organizadora ha cumplido con aprobar su estatuto y documentos de gestión así como presentar su Plan Institucional Universitario (PIU), por lo que resulta pertinente atender el requerimiento de recursos formulado por el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 095-2017-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica

: Gobierno Central 010 : Ministerio de Educación 026 : Programa Educación Básica para Todos ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO ACTIVIDAD 5001933 : Desarrollo de la Promoción Escolar, Cultura y Deporte FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2 267 803,00 -----------------TOTAL EGRESOS 2 267 803,00 ========== A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Soles : Gobierno Central 558 : Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo

ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios ACTIVIDAD 103 387,00

5000002 : Conducción y Orientación Superior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 416 317,00 639 711,00

ACTIVIDAD 5000004 : Asesoramiento Técnico y Jurídico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

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