Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2017 (27/07/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 27 de julio de 2017 /

El Peruano

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CONSTITUCIÓN DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DE LA CUENCA DEL RÍO HUAURA, RATIFICANDO EL CONTENIDO DEL ACTA DE CONSTITUCIÓN, SU ESTATUTO Y LA DESIGNACIÓN DEL PRIMER PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO Y DEL PRIMER GERENTE GENERAL Artículo 1º.- Aprobar la Constitución de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Huaura" suscrita por los alcaldes según acta de constitución de fecha 22 de febrero del 2016 conformada por la Municipalidad Distrital de Caleta de Carquín, Municipalidad Distrital de Hualmay, Municipalidad Distrital de Huaura, Municipalidad Distrital de Santa María, Municipalidad Distrital de Sayán, Municipalidad Distrital de Paccho, Municipalidad Distrital de Leoncio Prado, Municipalidad Distrital de Santa Leonor, Municipalidad Distrital de Checras, de la Provincia de Huaura, Región de Lima. La "Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río de Huaura" tiene por Objeto: a) Promoción del desarrollo territorial, económico productivo, protección y conservación del medio ambiente, preservación del recurso hídrico, con enfoque del ecosistema de la cuenca del Río Huaura y la industrialización de los residuos sólidos. b) Diseño y promoción de un circuito turístico en toda la zona de los 9 distritos de la "Mancomunidad Municipal de la cuenca del Río Huaura". c) Seguridad Ciudadana y rural con promoción de una cultura de paz y combate del abigeato y la violencia familiar contra la mujer, los niños y adolescentes. d) Participación para mejorar la calidad en la prestación de los servicios de limpieza pública, de salud y educación, así como la defensa y promoción de derechos ciudadanos. e) Planificación del desarrollo urbano y fomento de la inversión pública, el empleo y la competitividad productiva. f) Extender la conectividad a través de adecuadas vías de comunicación, medios electrónicos y virtuales. Artículo 2º.- Aprobar el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Huaura" ratificando el contenido en el acta de constitución que como anexo forma parte de la presente Ordenanza Municipal conteniendo la información de acuerdo a la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, siendo las siguientes: a) Denominación. b) Domicilio. c) Ámbito Territorial. d) Objeto. e) Competencias y funciones delegadas a la mancomunidad. f) Órganos, directivos y de administración. g) Recursos que son los aportes dados por cada municipalidad al momento de la constitución y el compromiso genérico de los aportes necesarios para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad. h) Plazo de duración. i) Disposiciones para garantizar la participación ciudadana en la gestión de la mancomunidad. j) Los mecanismos y procedimientos para ventilar y resolver las controversias. k) Reglas para la adhesión de municipalidades y la separación de municipalidades. l) Procedimiento de modificación de Estatutos. m) Reglas para la disolución, la forma de liquidación y por consiguiente, la disposición de su patrimonio. Artículo 3º.- Delegar las competencias y funciones a la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Huaura", las cuales son: Funciones Específicas Municipalidades Distritales Exclusivas de las

c) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito. d) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito. Funciones Delegadas Específicas para la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Huaura" a) Concertar con instituciones del sector público y privado de la jurisdicción del ámbito territorial de la mancomunidad municipal en la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo social y económico de los distritos integrantes de la mancomunidad. b) Coordinar la implementación de un espacio de diálogo y acuerdos concertados con la municipalidad provincial de Huaura y el Gobierno Regional de Lima para la ejecución de programas y proyectos de infraestructura urbana y rural social y económica ­ productiva a través de los distritos que integran la mancomunidad municipal vía convenios interinstitucionales. c) Facilitar e impulsar la participación ciudadana para la planificación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo. d) Asegurar la solución con inversión pública y privada de problemas comunes que atentan contra el medio ambiente y la sostenibilidad de los recursos naturales como los siguientes: - Determinar áreas de desechos de residuos de alto riesgo y otros que atentan contra la salud y vida de las personas. - Poner en ejecución los estudios, debate, aprobación, asignación de presupuestos, ejecución y puesta en servicio del relleno sanitario, planta de tratamiento industrial de los residuos sólidos, planta de tratamiento de aguas residuales. - Defensa del río Huaura en la recuperación de la vida de la flora y fauna en especial de los camarones, truchas, y otras especies, velando por el cumplimiento de las normas establecidas como fijar el límite marginal del río. - Defensa ribereña en coordinación con las municipalidades distritales para ejecutar en forma directa la ejecución de obras vía convenios de cooperación interinstitucional. e) La emisión de normas para Declarar Proyectos de Interés Regional deberán tener el consentimiento de la municipalidad distrital mediante estudios técnicos que coordinará la mancomunidad municipal. f) Difundir programas de educación en saneamiento ambiental. Artículo 4º.- Ratificar la designación del Señor Félix Víctor Esteban Aquino, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sayán en el cargo de Presidente del Consejo Directivo y el Señor Manuel Humberto Díaz Carrillo, en el cargo de Gerente General de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Huaura" de conformidad de los acuerdos señalados en el acta de constitución. Artículo 5º.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario de mayor circulación de la región, en el portal institucional de cada una de las municipalidades integrantes de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Huaura". Artículo 6º.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Oficina General de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Secretaría General la publicación en el portal del Estado Peruano (www.perú.gob.pe), Unidad de Informática y Sistemas la publicación en la página web de la Institución Municipal (www.munisayan.gob.pe) y a Imagen Institucional la respectiva difusión de la presente Ordenanza. POR TANTO:

a) Promover e impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo integral, urbano y rural, con enfoque de gestión territorial y de cuenca en el ámbito territorial de la mancomunidad municipal. b) Proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIX VICTOR ESTEBAN AQUINO Alcalde 1547951-1

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