Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2017 (27/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano / Jueves 27 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Aprueban recepción de obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito
GERENCIA DE DESARROLLO URBANO SUB GERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Y HABILITACIONES URBANAS RESOLUCIÓN SUB GERENCIAL Nº 222-2017-SGOPHU-GDU/MDSJL San Juan de Lurigancho, 28 de junio de 2017 LA SUB GERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Y HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Registro N° 45874-A1-2013,de fecha 28 de junio del 2017, presentado Jorge Loo Wansu y Otros, mediante el cual solicita la Recepción de Obras de Habilitación Urbana de Lote Único de Terreno de 2,523.87 m2, con Partida Electrónica N° 46642198 de los Registros Públicos, cuenta con Zonificación VT (Vivienda Taller), ubicado frente a la calle Los Bambúes Mz. M Lt. 05 ­ Urb. Parcelación Semirrústica Fundo Canto Grande ­ Segunda Etapa, distrito San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Sub Gerencial N° 042-2007-MDSJL-GDU-SGHU, de fecha 28 de noviembre del 2007, la Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas resuelve aprobar el proyecto de Habilitación Urbana en vías de regularización de lote único para uso de Vivienda Taller (VT), del predio de 2,523.87 m2, ubicado frente a la calle Los Bambúes Mz. M Lt. 05 ­ Urb. Parcelación Semirrústica Fundo Canto Grande ­ Segunda Etapa, distrito San Juan de Lurigancho, siendo de conformidad de los planos, consignados con N° 020-2009-MDSJL-GDU-SGHU, N° 021-2009-MDSJLGDU-SGHU respectivamente; ello en mérito a lo solicitado por Jorge Loo Wansu y Otros. Que mediante la Resolución Sub Gerencial N° 115-2009-MDSJL-GDU-SGHU, de fecha 21 de agosto del 2013, la Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas resuelve aprobar el Proyecto de Habilitación Urbana en Vías de Regularización de Lote Único para uso de Vivienda Taller (VT), del predio de 2,523.87 m2, ubicado frente a la calle Los Bambúes Mz. M Lt. 05 ­ Urb. Parcelación Semirrústica Fundo Canto Grande ­ Segunda Etapa, distrito San Juan de Lurigancho, siendo de conformidad de los planos, signados con N° 020-2009-HU-SGHU-GDU-MDSJL, N° 021-2009-HUSGHU-GDU-MDSJL respectivamente; ello en mérito a lo solicitado por Jorge Loo Wansu y Otros. Que, en el artículo 2° de la Ley 29090, Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificado por la Ley N° 29476, señala que los Procedimientos Administrativos, Regulados en la presente Ley, son únicos y de aplicación Obligatoria a nivel nacional; además determina responsabilidades de los sujetos implicados en los procedimientos de Habilitación Urbana y de Edificación. Que así mismo la novena disposición final de la Ley 29090 precisa que la presente ley entra en vigencia al día siguiente de la publicación de los reglamentos (Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, Reglamento de Revisores Urbanos y Reglamento de Verificación Administrativa y Técnica). Que mediante Decretos Supremos N° 006-2017-Vivienda, N° 011-2017-Vivienda, se aprueban el reglamento de licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, el reglamento de los Revisores

Urbanos y reglamento Verificación Administrativa y Técnica respectivamente. Que de acuerdo a los establecido en el numeral 9 del artículo 4° de la Ley 29090 - Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, Modificado por la Ley N° 29476, las Municipalidades distritales en el ámbito de Jurisdicción, tienen competencia para la Aprobación de Proyectos de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones de conformidad con lo dispuesto en la Ley 27972- Ley Orgánica de Municipalidades. Que, del Artículo 22° y Artículo 32° del Decreto Supremo N° 011-2017-Vivienda, Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificaciones, refiere que el procedimiento Administrativo de Habilitación Urbana contempla 2 Etapas: Aprobación del proyecto y Recepción de Obras. Que mediante la Resolución N° 00089-2006-GDUMDSJL; de fecha 13 de setiembre del 2006; mediante registro N° 07953-2006 se aprueba la Valorización del déficit de aportes reglamentarios de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización uso de Vivienda Taller (VT) ubicado frente a la calle Los Bambúes Mz. M Lt. 05 ­ Urb. Parcelación Semirrústica Fundo Canto Grande ­ Segunda Etapa, distrito San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Cuyo importe asciende al aporte de recreación pública un área 176.68 m2, servicios públicos con un área de 50.48 m2 que equivalente a la suma de ascendiente de S/. 4,997.52 Nuevos Soles como déficit de aportes establecido por el proceso de la habilitación urbana, habiendo sido cancelado dicho monto mediante recibo N° 972613 con fecha 18 de setiembre del 2006. Que mediante constancia de cancelación de aporte de renovación urbana otorgada por la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima S.A. de fecha 08 de enero del 2017, se da cuenta que el Sr. Jorge Loo Wansu y Otros, ha cumplido con cancelar el pago del déficit de aporte de Renovación urbana equivalente al terreno 25.24 m2, cuyo importe asciende S/. 1,122.78 nuevos soles por concepto de déficit de aporte para educación equivalente al Área de 50.48 m2. Que la resolución jefatura 2019-2006-ED de fecha 28 de diciembre del 2006, el Ministerio Educación Aprueba la valorización Ascendente a la Suma de S/. 1,122.78 nuevos soles, por concepto de déficit de aporte para Educación Equivalente al área de 50.48 m2. Que con oficio N° 003-2007-SERPAR-LIMA/GG/GAPI/ MML de fecha 5 de enero del 2007, el servicio de Parques de Lima SEPAR-LIMA, comunica que se ha cumplido con cancelar la suma de S/. 1,262.00 Nuevos Soles, por concepto de déficit de aporte para parques Zonales equivalente al área de 50.48 m2. Que, los administrados han presentado recibos expedidos por Sedapal, donde se desprende la conformidad del servicio de Agua Potable y alcantarillado, para el predio ubicado calle Los Bambúes Mz. M Lt. 05 ­ Urb. Parcelación Semirrústica Fundo Canto Grande ­ Segunda Etapa, distrito San Juan de Lurigancho. Que, del capítulo IV artículo N° 26 del Decreto Supremo N° 011-2017-Vivienda - Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Edificación, refiere que para los casos en que existan modificaciones el proyecto de Habilitación Urbana que no disminuyan las áreas del cuadro de aportes con las cuales fue autorizada la licencia de habilitación urbana, correspondiente a una recepción de obra sin variaciones. Que mediante Informe de Verificación N° 003-2017-SGOPHU-GDU-MDSJL, de fecha 08 de diciembre del 2016, esta Sub Gerencia señala que de la inspección ocular efectuada al predio materia de trámite, se ha verificado que no existen variaciones en las obras de habilitaciones urbanas aprobada con la Resolución Sub Gerencial N° 115-2009-MDSJL-GDU-SGHU, de fecha 21 de agosto del 2013, esta Sub Gerencia señala que los administrados han cumplido con presentar adecuadamente los requisitos establecidos en las normas vigentes para el presente procedimiento de Recepción de Obra de Habitaciones Urbanas en vías de Regularización sin variación y se encuentra conforme; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso a las facultades conferidas por el inciso 3.6.1. del capítulo II del Artículo 709° de la Ley 27972 Ley Orgánica de las Municipalidades, conforme a las disposiciones de la Ley 29090 - Ley de regularización de las Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, Decreto Supremo

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