Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2017 (05/06/2017)


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NORMAS LEGALES

Lunes 5 de junio de 2017 /

El Peruano

las medidas de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas; Que, en relación a ello, con Oficios N° 140-2017-OSFISE y 204-2017-OS-FISE, de fechas 06 de abril de 2017 y 11 de mayo de 2017, respectivamente, el Administrador del Fondo de Inclusión Social Energético ­ FISE indica que el Programa de Compensación Social y Promoción para el Acceso al GLP está orientado a promover el uso de dicho combustible en los sectores vulnerables de la población; por lo que, considera necesario suspender el procedimiento de exclusión a fin de evitar perjuicios a los Usuarios FISE como consecuencia de los desastres naturales ocurridos; Que, en ese sentido, conforme a lo señalado en los precitados considerandos y en el Informe de Vistos, resulta necesario suspender la aplicación de los numerales 5 y 6 del "Procedimiento de Exclusión de Usuarios FISE del Programa de Compensación Social y/o Promoción para el Acceso al GLP", aprobado por Resolución Ministerial N° 075-2016-MEM/DM, respecto de los Usuarios FISE que se encuentren ubicados en los diversos distritos, provincias y departamentos del territorio nacional en donde se declare o se haya declarado el Estado de Emergencia a consecuencia de los desastres naturales causados por las intensas lluvias, hasta el 31 de diciembre de 2017, tiempo considerado pertinente a fin de evitar su exclusión del referido Programa y coadyuvar a su recuperación de las consecuencias ocasionadas por los referidos desastres naturales; Que, por otro lado, en respuesta al Oficio N° 01932017-MEM/DGEE de la Dirección General de Eficiencia Energética, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI con Oficio N° 2361-2017-INDECI/10.1, remite el documento denominado "Escenarios de Riesgo realizado en el marco del Plan Multisectorial de Heladas y Friaje 2017", elaborado por el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres ­ CENEPRED, así como un archivo detallando los distritos, provincias y departamentos del territorio nacional con riesgo de sufrir heladas y friaje identificados en base a dichos escenarios para el año 2017; Que, en ese sentido, resulta necesario suspender la aplicación de los numerales 5 y 6 del "Procedimiento de Exclusión de Usuarios FISE del Programa de Compensación Social y/o Promoción para el Acceso al GLP", aprobado por Resolución Ministerial N° 0752016-MEM/DM, respecto de los Usuarios FISE que se encuentren ubicados en los distritos, provincias y departamentos del territorio nacional con riesgo de sufrir heladas y friaje señalados por INDECI, hasta el 31 de diciembre, tiempo considerado pertinente a fin de evitar su exclusión del referido Programa y coadyuvar a contrarrestar las consecuencias ocasionadas por las bajas temperaturas; Que, en consecuencia, considerando que se debe dictar una medida urgente e inmediata que coadyuve a lograr los fines propuestos por los Decretos Supremos señalados en los considerandos precedentes, corresponde exceptuar a la presente Resolución Ministerial de la pre publicación para comentarios, conforme al numeral 3.2 del artículo 14 del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético ­ FISE, Reglamento de la Ley Nº 29852, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM y modificatorias; Con el visto bueno del Viceministro de Energía, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Directora General de Eficiencia Energética; SE RESUELVE: Artículo 1.- Suspensión del Procedimiento de Exclusión por intensas lluvias Suspender hasta el 31 de diciembre de 2017 la aplicación de los numerales 5 y 6 del "Procedimiento de Exclusión de Usuarios FISE del Programa de Compensación Social y/o Promoción para el Acceso al GLP", aprobado mediante Resolución Ministerial N°

075-2016-MEM/DM, respecto de los Usuarios FISE que se encuentren ubicados en los distritos, provincias y departamentos del territorio nacional declarados en Estado de Emergencia o que pudieran ser declarados a consecuencia de los desastres naturales causados por las intensas lluvias. Artículo 2.- Suspensión del Procedimiento de Exclusión por bajas temperaturas Suspender hasta el 31 diciembre de 2017 la aplicación de los numerales 5 y 6 del "Procedimiento de Exclusión de Usuarios FISE del Programa de Compensación Social y/o Promoción para el Acceso al GLP", aprobado mediante Resolución Ministerial N° 075-2016-MEM/DM, respecto de los Usuarios FISE que se encuentren ubicados en los distritos, provincias y departamentos del territorio nacional con riesgo de sufrir heladas y friaje a consecuencia de las bajas temperaturas detallados en el Anexo 1, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Adecuación de los Procedimientos de Exclusión iniciados Los procedimientos de exclusión que se hayan iniciado y se encuentren en proceso de ejecución en cumplimiento de los numerales 5 y 6 del "Procedimiento de Exclusión de Usuarios FISE del Programa de Compensación Social y/o Promoción para el Acceso al GLP", aprobado mediante Resolución Ministerial N° 075-2016-MEM/DM, deben adecuarse a las disposiciones establecidas en la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Continuidad del Procedimiento de Exclusión Concluido el período de suspensión señalado en el artículo 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, los Usuarios FISE que no han actualizado su Clasificación Socioeconómica - CSE o no cuentan con dicha clasificación, ingresan al proceso de exclusión del Padrón de Beneficiarios FISE establecido en los numerales 5 y 6 del referido "Procedimiento de Exclusión de Usuarios FISE del Programa de Compensación Social y/o Promoción para el Acceso al GLP". Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano y su Anexo 1 en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe). DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Primera.- Precisar que en aquellas zonas que no han sido declaradas en Estado de Emergencia a consecuencia de las intensas lluvias y/o no han sido considerados como zonas bajo riesgo de friaje y helada a consecuencia de las bajas temperaturas, se sigue aplicando el "Procedimiento de Exclusión de Usuarios FISE del Programa de Compensación Social y/o Promoción para el Acceso al GLP", aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0752016-MEM/DM. Segunda.- El Administrador FISE puede establecer disposiciones complementarias operativas para el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1528420-1

Aprueban 15 Fichas de Homologación de Equipos Energéticos para Motores Eléctricos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 223-2017-MEM/DM Lima, 1 de junio de 2017

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