Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2017 (05/06/2017)


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NORMAS LEGALES

Lunes 5 de junio de 2017 /

El Peruano

Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC (www.sucamec.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN ORLANDO RODRIGUEZ RABANAL Superintendente Nacional DIRECTIVA N° 11-2017-SUCAMEC Clasificación, características técnicas y denominación genérica de productos pirotécnicos y sus materiales relacionados I. OBJETO Clasificar, bajo parámetros técnicos estandarizados, los productos pirotécnicos y sus respectivos materiales relacionados de uso civil, en función a sus características, composición y grado de peligrosidad, así como determinar aquellos productos pirotécnicos o materiales relacionados (en adelante, PPMR) que, por sus características o composición química particularmente riesgosas, tóxicas o nocivas, se consideran prohibidos para su uso o comercialización. II. FINALIDAD Facilitar la identificación de los PPMR, optimizando las actividades de evaluación, control y fiscalización de estos bienes a cargo de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (en adelante, la SUCAMEC). Asimismo, propiciar la predictibilidad, uniformidad y celeridad en la actuación administrativa de la SUCAMEC, en beneficio de los usuarios de PPMR. III. ALCANCE La presente directiva se aplica a nivel nacional y es de obligatorio cumplimiento para los órganos de línea y órganos desconcentrados de la SUCAMEC. Además, resulta aplicable a las entidades públicas que colaboren a nivel nacional con la SUCAMEC en el control y fiscalización de actividades desarrolladas con PPMR. La presente directiva debe ser observada y cumplida por las personas naturales o jurídicas que fabriquen, importen, exporten, comercialicen internamente, transporten, almacenen o utilicen PPMR. IV. BASE LEGAL · Decreto Legislativo N° 1127, que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC. · Ley N° 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil (en adelante, la Ley). · Decreto Supremo N° 010-2017-IN, a través del cual se aprueba el Reglamento de la Ley N° 30299 (en adelante, el Reglamento). · Decreto Supremo N° 021-2008-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos. · Resolución de Superintendencia N° 0052014/SUCAMEC, que aprueba la Directiva N° 001-2014-SUCAMEC, "Lineamientos para la formulación y uso de documentos oficiales en la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil". V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. Definiciones: Para efectos de la presente Directiva, se entiende por:

- Ángulo de elevación: ángulo que no debe exceder 30° respecto a la vertical. Ver el siguiente gráfico teniendo en cuento el punto de inicio y el punto de llegada del producto pirotécnico.

- Artículo de bajo riesgo y novedades: denominación genérica en la que se encuentran los lanzadores de confeti, serpientes, bombetas y objetos que contienen pequeñas cantidades de composición pirotécnica. También se consideran en esta denominación genérica a aquellos productos que tienen formas variadas y emiten figuras o movimientos que imitan el diseño exterior del producto durante o después de su funcionamiento siempre que su masa pírica a base de pólvora sea menor a 5 gramos. - Carga propulsora: composición pirotécnica (generalmente es una mezcla de azufre, carbón y nitrato de potasio sin contenido de metales en polvo) que al quemarse desarrolla un gas el cual sirve para propulsar al producto pirotécnico como un todo o para expeler una o más unidades pirotécnicas, sin producir el quemado de la estructura del producto pirotécnico, y también transmitir la ignición - Carga de apertura: composición pirotécnica que se encuentra dentro de un producto pirotécnico diseñado para esparcir y activar las cargas de color. Las cargas de apertura son por lo general hechas de pólvora o composición flash. - Carga de retardo: composición pirotécnica que se quema a una determinada proporción. Es usado para sincronizar los efectos de un producto pirotécnico, llamado también espoleta. - Clasificación ONU: número asignado por las Naciones Unidas para codificar una mercancía peligrosa. - Composición flash: mezcla compuesta por sustancias oxidantes como perclorato de potasio o una mezcla de este y nitrato de potasio, aluminio u otros metales en polvo fino, de quemado muy rápido con efecto sonoro. También llamada bang, report, entre otros. - Iniciadores eléctricos: objetos usados para el encendido de productos pirotécnicos que contienen una pequeña cantidad de material pirotécnico que se enciende cuando una corriente eléctrica fluye a través de los conductores. - Masa pírica: mezcla compuesta por sustancias químicas oxidantes y reductoras que generan efectos lumínicos, fumígenos o sonoros. Las denominaciones carga pírica, masa pírica, mezcla pírica y masa pirotécnica tienen en la presente Directiva el mismo significado. - N° CAS: Chemical Abstract Service. El número de registro CAS es una identificación numérica única para compuestos químicos la cual se integra a una base de datos con el fin de evitar asignar distintos nombres para un mismo compuesto.

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