Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2017 (05/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Lunes 5 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Javier Augusto Vega Díaz, al cargo de Director de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1528305-4

Otorgan a la empresa Inversiones y Servicios Generales DUNAS TV S.A.C., concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en los distritos de Pueblo Nuevo, Chincha Alta, Grocio Prado, Sunampe y Chincha Baja, de la provincia de Chincha, del departamento de Ica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 462-2017 MTC/01.03 Lima, 1 de junio de 2017 VISTA, la solicitud presentada con Expediente N° T-061264-2017, por la empresa INVERSIONES Y SERVICIOS GENERALES DUNAS TV S.A.C. sobre otorgamiento de concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones; precisando que el Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3) del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modificado por la Ley N° 28737, publicada el 18 de mayo de 2006, señala "Llámase concesión al acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios públicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominación de éstos contenida en esta Ley o en su Reglamento, con excepción de la concesión para Operador Independiente. La concesión se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector"; Que, adicionalmente, el citado artículo señala que "Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las personas naturales o jurídicas, titulares de una concesión única, previamente deberán informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios públicos a brindar, sujetándose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasificación general prevista en la Ley, a lo dispuesto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesión". Asimismo, indica que "El Ministerio tendrá a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento"; Que, el artículo 53 del citado dispositivo legal, modificado por el artículo 1 de la Ley N° 28737, dispone que "En un mismo contrato de concesión el Ministerio otorgará el derecho a prestar todos los servicios públicos de telecomunicaciones"; Que, el artículo 121 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, dispone que "Los servicios portadores, finales y de difusión de carácter público, se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites que establecen la Ley y el Reglamento, y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio". El artículo 144 del mismo dispositivo legal indica los requisitos necesarios que deben ser adjuntados a las solicitudes de otorgamiento de concesión; Que, el artículo 143 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que "El otorgamiento de la concesión única confiere al solicitante la condición de concesionario para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones establecidos en la legislación";

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 448-2017-MTC/01 Lima, 30 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 2122017 MTC/01 se designó a la señora Nancy Zedano Martínez en el cargo público de confianza de Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; cargo al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla, así como designar a la persona que ocupará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo N 021-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir del 05 de junio de 2017, la renuncia formulada por la señora Nancy Zedano Martínez al cargo público de confianza de Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándose las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 05 de junio de 2017, a la abogada Rosario Ana María Torres Benavides, en el cargo de Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1528654-1

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