Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2017 (14/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Miércoles 14 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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oficialización de los eventos relacionados a la capacitación y actualización del profesional contable: El Colegio de Contadores Públicos de Puno, con Oficio N° 072-2017-D-CCPPUNO, requiere que se oficialice la "VI Convención Nacional de Informática Contable ­ INFOCONT 2017"; El Colegio de Contadores Públicos de Ucayali, con Oficio N° 018-2017-D-CCPU, requiere que se oficialice la "IV Convención Nacional de Investigación Contable ­ INVESTIGA 2017"; En uso de las facultades conferidas a esta Dirección General, en el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 2392005-EF/10, de oficializar seminarios, congresos, cursos y otros relacionados con la contabilidad que organizan los Colegios de Contadores Públicos Departamentales; SE RESUELVE: Oficialización de Eventos Contables Artículo 1.- Oficializar la "VI Convención Nacional de Informática Contable ­ INFOCONT 2017", organizada por el Colegio de Contadores Públicos de Puno, que se llevará a cabo en la ciudad de Puno, los días 10 y 11 de noviembre de 2017. Artículo 2.- Oficializar la "IV Convención Nacional de Investigación Contable ­ INVESTIGA 2017", organizada por el Colegio de Contadores Público de Ucayali, que se llevará a cabo en la ciudad de Pucallpa, los días 08 y 09 de diciembre de 2017. Artículo 3.- Difusión Disponer la difusión de la presente Resolución Directoral en el Portal del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe en la misma fecha de publicación que en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JACINTA ISABEL CANORIO SALCEDO Director General ( e ) Dirección General de Contabilidad Pública 1532611-1

EDUCACION
Modifican Manual de Operaciones del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), aprobado por R.M. Nº 034-2016-MINEDU
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 341-2017-MINEDU Lima, 12 de junio de 2017 VISTOS; el Oficio Nº 3949-2017-MINEDU/VMGIPRONIED; el Informe Nº 148-2017-MINEDU/VMGIPRONIED-OPP; el Informe Nº 554-2017-MINEDU/ VMGI-PRONIED-OAJ; el Informe Nº 51-2017-MINEDU/ SPE-OPEP-UNOME, y el Informe Nº 554-2017-MINEDU/ SG-OGAJ, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2014MINEDU, se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), con el objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa; a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país;

Que, el artículo 4 del referido Decreto Supremo establece que la organización y funciones del PRONIED se desarrollarán en el respectivo Manual de Operaciones, que será aprobado mediante resolución ministerial del Ministerio de Educación; Que, el artículo 36 de los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) por parte de las entidades de la Administración Pública", aprobados mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece que los programas y proyectos contarán con un manual de operaciones en el que se consignará, por lo menos: i) La descripción del programa o proyecto, incluyendo el objetivo, la descripción de éste y la identificación de entidades, órganos o unidades orgánicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del programa o proyectos; ii) La organización, funciones y responsabilidades; iii) Procesos principales tales como programación y aprobación de actividades, ejecución de recursos, procesos de coordinación, desembolsos, según corresponda; y iv) Procesos de supervisión, seguimiento y evaluación, tales como supervisión técnica, informes (financieros, registros contables, de progreso), auditorías, inspección y supervisión, según corresponda; Que, en base a las normas citadas, mediante Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU se aprobó el Manual de Operaciones del PRONIED, el cual contiene la descripción de dicho Programa Nacional, modelo organizacional, procesos principales y los procesos de seguimiento y evaluación del mismo; Que, con Decreto Legislativo Nº 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE), como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, asimismo, mediante la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación y ejecución de un plan integral para la rehabilitación, reposición, reconstrucción y construcción de la infraestructura de uso público de calidad incluyendo salud, educación, programas de vivienda de interés social y reactivación económica de los sectores productivos, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, que incluya intervenciones que en conjunto tienen alto impacto económico, social y ambiental, como consecuencia de acciones que califiquen como nivel de emergencia 4 y 5 en las zonas de riesgo alto y muy alto de conformidad con la legislación sobre la materia, así como las intervenciones de alcance nacional en dichas zonas; Que, la Dirección Ejecutiva del PRONIED, mediante Oficio Nº 3949-2017-MINEDU/VMGI-PRONIED, remitió los Informes Nºs 148-2017-MINEDU/VMGI-PRONIEDOPP y 554-2017-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED, respectivamente, en los cuales se sustenta la pertinencia de modificar el Manual de Operaciones del PRONIED, en el sentido de adecuar las funciones de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y de Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE) y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; y crear dentro de la estructura orgánica del PRONIED, a la Unidad Gerencial de Reconstrucción frente a Desastres con el objeto de ejecutar las intervenciones contempladas en el Plan Integral de Reconstrucción que será formulado e implementado en el marco de lo establecido en la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del gobierno nacional frente a desastres y que dispone la creación de la autoridad para la reconstrucción con cambios;

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