Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2017 (15/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Jueves 15 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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4.

Acreditación de Agentes Participantes 5. Proceso de elección del CCL Resultados de elección del CCL y 6. proclamación de ganadores Desarrollo de Talleres de Trabajo: · Capacitación Agentes 7. Participantes · Priorización de proyectos · Rendición de Cuentas

Del: 7 de Julio al 10 Julio 2017 El 17 de julio 2017 18 y 19 de julio 2017 23 y 30 julio 2017 06 de agosto 20 de agosto 21 al 25 de agosto 2017 27 de agosto 2017

Isidro, aprobado por Ordenanza Nº 416-MSI, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: "Artículo 37.- En la Estación de Informes y Pedidos, los Regidores podrán dar cuenta de los asuntos que, en relación a las funciones y atribuciones que les señala la ley, consideren que deben ser de conocimiento del Concejo, y formular los pedidos que estimen convenientes. El Secretario anotará los nombres de los Regidores que soliciten el uso de la palabra para efectuar informes y/o formular pedidos, de acuerdo a la indicación del Alcalde y en estricto orden. Artículo 38.- Los informes y/o pedidos deben ser breves, precisos y no podrán exceder de tres (3) minutos, salvo que el Alcalde, o quien presida, autorice ampliar el tiempo de uso de la palabra hasta por tres (03) minutos adicionales." Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Secretaría General Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen, su publicación en el portal institucional de la municipalidad (www.msi.gob.pe). Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO:

Evaluación Técnica de Proyectos 8 y acciones Taller de Formalización de 9. Acuerdos y Compromisos Elección Comité de Vigilancia 1532450-1

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Modifican el Reglamento Interno del Concejo Municipal de San Isidro
ORDENANZA Nº 455-MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen N° 025-2017-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; el Memorándum N° 092-2017-0600-SG/MSI; el Informe N° 0307-2017-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias; Que, el artículo 9°, numeral 12, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modificatorias, establece que corresponde al Concejo Municipal la atribución de aprobar por ordenanza el reglamento del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 416-MSI, se aprobó el Reglamento Interno del Concejo Municipal de San Isidro; Que, en este contexto, a fin de facilitar el trámite para efectuar pedidos y/o informes de los regidores en las Sesiones del Concejo Municipal, es necesario modificar las correspondientes disposiciones del Reglamento Interno del Concejo Municipal de San Isidro; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 0307-2017-0400-GAJ/MSI; En uso de las facultades conferidas por los numerales 8 y 12 del artículo 9° y artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, el Concejo Municipal por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO, APROBADO POR ORDENANZA N° 416-MSI Artículo Primero.- MODIFICAR los artículos 36° y 37° del Reglamento Interno del Concejo Municipal de San

Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro, a los siete días del mes de junio del año dos mil diecisiete. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1532361-1

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Ordenanza Municipal que prohíbe el uso de motocicletas como vehículo de servicio de transporte público
ORDENANZA Nº 560-MSS Santiago de Surco, 29 de mayo del 2017 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 02-2017-CSCTSVCAJ-MSS de las Comisiones de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Seguridad Vial y, de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 1525-2017-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 211-2017-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 259-2017-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 856-2017-GSEGC-MSS de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Memorándum Nº 246-2017-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 199-2017-SGFCA-GSEGC-MSS, el Informe Nº 331-2017-SGFCA-GSEGC-MSS de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, el Informe Nº 177-2017-SGCAITSE-GDE-MSS de la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, el Informe Nº 034-2017-SGTRA-GSEGC-MSS el Informe Nº 061-2017-SGTRA-GSEGC-MSS de la Subgerencia de Tránsito, Informe Nº 057-2017-SGOSC-GSEGC-MSS

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