Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2017 (22/06/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 92

92

NORMAS LEGALES

Jueves 22 de junio de 2017 /

El Peruano

Que, a través del Informe Nº 046-2017-MDP/GR de fecha 25 de Abril del 2017, la Gerencia de Rentas sugirió se prorrogue el vencimiento de la Ordenanza Nº 176-2017-MDP/C en el extremo del vencimiento del Impuesto Predial (1º Cuota) y Arbitrios Municipales (1º, 2º, 3º y 4º Cuota) hasta el 31 de Mayo del 2017, asimismo en virtud a lo expuesto y establecido en la citada Ordenanza Municipal se emitió el Decreto de Alcaldía Nº 010-2017-MDP/A del 27 de Abril del 2017. Que, con Informe Nº 059-2017-MDP/GR de fecha 31 de Mayo del 2017, la Gerencia de Rentas, en virtud al Informe Nº 277-2017-MDP/GR-SGRyR amplía sus argumentos para proseguir con la prórroga del vencimiento de la Primera y Segunda Cuota del Impuesto Predial, así como la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta Cuota de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2017, hasta el 30 de Junio del 2017. Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades "(...) los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal." Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades"; DECRETA: Artículo Primero: PRORROGAR el plazo de vencimiento de la Primera y Segunda Cuota del Impuesto Predial 2017 y Arbitrios Municipales 2017 (1º, 2º, 3º, 4º y 5º Cuota), hasta el 30 de Junio del presente año. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Estadística e Informática, el cumplimiento del presente Decreto, a la Secretaria General y Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación y difusión del presente decreto. Artículo Tercero.- DISPONER a la Sub Gerencia de Estadística e Informática, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1535570-1

VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 0702-2017-GM/MDSJM, de la Gerencia Municipal, en el que remite para su evaluación y aprobación el tema referido a la aceptación de la donación de S/. 250.000.00 soles, ofrecida por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa de Servicios Especiales Mercado "Ciudad de Dios" Ltda.; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta ingresada como Solicitud Nº 27090-17, de fecha 07 de junio del 2017, la Cooperativa de Servicios Especiales Mercado "Ciudad de Dios" Ltda., pone en conocimiento que según acuerdo adoptado en Asamblea General Extraordinaria de Socios del 09 de setiembre del 2015, se acordó aprobar la donación económica ascendente a S/250,000.00 soles a favor de esta Municipalidad para destinarlos a trabajos de continuación de mejoramiento de la pista de la Avenida San Juan, que colinda con el Mercado Cooperativo "Ciudad de Dios" Ltda., y así contribuir al ornato de la ciudad; Que, mediante el Memorándum Nº 869-2017MDSJM-GAF, de fecha 08 de junio del 2017, la Gerencia de Administración y Finanzas remite los actuados e indica que existiendo proyectos en la Entidad que ayudaran a mejorar el distrito de San Juan de Miraflores, constituyendo la donación un acto de liberalidad de tipo voluntario, se hace factible la propuesta de donación, de conformidad al artículo 9º, numeral 20) y 25) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, solicitando opinión legal al respecto; Que, mediante el Memorándum Nº 158-2017-MDSJM/ GAJ, de fecha 08 de junio del 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica solicita a la Subgerencia de Obras Públicas informar respecto a los proyectos que se beneficiaran con la donación en referencia; Que, mediante el Memorándum Nº 048-2017-SGEPIGDU-MDSJM, de fecha 09 de junio del 2017, la Subgerencia de Estudios y Proyectos de Infraestructura remite a la Subgerencia de Obras Públicas el presupuesto de la obra "Rehabilitación y Mejoramiento de la Avenida San Juan Tramo desde la Avenida Los Héroes hasta la Avenida Defensores de Lima distrito de San Juan de Miraflores, Lima ­ Lima"; Que, mediante el Informe Nº 984-2017-SGOPGDU/MDSJM, de fecha 19 de junio del 2017, la Subgerencia de Obras Públicas informa que según el documento citado precedentemente, existe un proyecto denominado "Rehabilitación y Mejoramiento de la Avenida San Juan Tramo desde la Avenida Los Héroes hasta la Avenida Defensores de Lima, distrito de San Juan de Miraflores, Lima ­ Lima", y que esta donación serviría para cubrir parte de los gastos que presentan el presupuesto adjunto; asimismo, destaca que esta obra es beneficiosa para el desarrollo y mejora de la zona en beneficio de la población; Que, mediante el Informe Legal Nº 260-2017-MDSJM/GAJ, de fecha 09 de junio del 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha concluido en el sentido de que, desde el punto de vista legal opina, que resulta procedente la aceptación de la donación de S/250,000.00 (doscientos cincuenta mil 00/100 soles) que otorga la Cooperativa de Servicios Especiales Mercado "Ciudad de Dios" Ltda., las cuales serán destinadas a trabajos de continuación del mejoramiento de la pista de la Avenida San Juan que colinda con el Mercado Cooperativo "Ciudad de Dios" Ltda., según el proyecto señalado por la Subgerencia de Obras Públicas; debiéndose elevar los actuados al Concejo Municipal para su evaluación y de considerarlo pertinente su aprobación y autorización al Alcalde para la suscripción de toda documentación que resulte necesaria para su cumplimiento y formalización, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 20) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Aceptan donación a favor de la Municipalidad destinada a la continuación del mejoramiento de la Avenida San Juan
ACUERDO DE CONCEJO Nº 033-2017/MSJM San Juan de Miraflores, 9 de junio del 2017. EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.