Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2017 (25/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Domingo 25 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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ODS ONU OMS OTASS PISSAN PFC PMO PNSR PNSU PTAR RAT SIAS SEDAPAL SENAPA SFC SUNASS SUNAT UGM Presentación

Objetivo de Desarrollo Sostenible Organización de las Naciones Unidas Organización Mundial de la Salud Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento Plan de Inversiones del Sector Saneamiento a Nivel Nacional Plan de Fortalecimiento de Capacidades Plan Maestro Optimizado Programa Nacional de Saneamiento Rural Programa Nacional de Saneamiento Urbano Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales Régimen de Apoyo Transitorio Sistema de Información de Agua y Saneamiento Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima Servicio Nacional de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado Sistema de Fortalecimiento de Capacidades para el Sector Saneamiento Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento Superintendencia Nacional de Administración Tributaria Unidad de Gestión Municipal

El Plan Nacional de Saneamiento 2017 - 2021 es el instrumento de implementación de la Política Nacional de Saneamiento1 y de la norma marco del sector2, articula y vincula las acciones del sector saneamiento a fin de alcanzar en los próximos cinco años el acceso y la cobertura universal a los servicios de saneamiento de manera sostenible de calidad. Asimismo, se alinea con las políticas del Acuerdo Nacional y con lo establecido en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), y las recomendaciones de los Informes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) relacionados al Gobierno Corporativo y con la Política Nacional Ambiental. En el Perú los servicios de saneamiento son brindados a la población sin atender condiciones adecuadas de equidad, calidad, oportunidad y continuidad. Así pues las cifras promedio no reflejan las grandes diferencias entre los ámbitos rurales y urbanos, muestran la ausencia de la infraestructura necesaria para la prestación óptima de los servicios de saneamiento en el país. De acuerdo a las proyecciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en el año 2016 el Perú tuvo una población estimada de 31,4 millones de habitantes, de los cuales, el 77.2 % corresponde al ámbito urbano, mientras que el 22.8 % al ámbito rural. Las estimaciones de coberturas registradas señalan que, en el ámbito urbano, el 94.5 % del total de habitantes cuenta con los servicios de agua potable y el 88.3 % con servicios de alcantarillado. De otro lado, en el ámbito rural, se estima una cobertura de 71.2 % en agua potable y 24.6 % en alcantarillado. De acuerdo a ello, 3,4 y 8,3 millones de peruanos no tienen acceso a los servicios de agua potable y alcantarillado, en los ámbitos urbano y rural, respectivamente. La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) reportó que durante el año 2015 se trató el 65.4 % del total de las aguas residuales producidas por 28 empresas prestadoras de servicios de saneamiento (empresas prestadoras), de un total de 50. Las 22 restantes no reportaron tratamiento de aguas residuales. La situación es más crítica cuando se analizan la situación de las municipalidades y JASS. Las cifras anteriores reflejan claramente la inequidad que existe en nuestro país respecto al acceso a los servicios de saneamiento. Es importante indicar que el Gobierno del Perú ha asumido el compromiso de cerrar las brechas de cobertura urbana al año 2021 y rural al año 2030 y, de esa manera, cumplir con la Meta 6 de los ODS, en lo que se refiere a la cobertura de saneamiento. Se estima que para el año 2021 se incorporarán a los servicios de saneamiento -agua potable y alcantarillado- a 4,0 y 7,7 millones de peruanos respectivamente y, se alcanzará a tratar un volumen incremental de aguas residuales de 318,7 millones de m3, -volumen que se recibe de las nuevas conexiones de alcantarillado-. La estimación de la demanda de recursos financieros para el cierre de brechas al año 2021, ascienden a 49,5 mil millones de soles, de los cuales el 80.1 % corresponde a inversiones de ampliación de coberturas; 16.2 % a rehabilitación y el 3.7 % en fortalecimiento empresarial y micro-medición. La oferta presupuestal proyectada del MVCS que incluye financiamiento internacional y las estimaciones de inversión para el cierre de brechas, asciende a 39,5 mil millones de soles. La oferta se complementa con recursos de endeudamiento de Sedapal por 1,7 mil millones de soles, el aporte de las empresas prestadoras, a través de tarifas por 2,5 mil millones de soles, financiamiento de APP por 1,6 mil millones de soles, que se incorporan en el quinquenio, que suman un total de 10,0 mil millones de soles, con lo cual el Plan de Inversiones se financia en su totalidad. Para cumplir con las metas planteadas en la Política Nacional de Saneamiento se requiere contar con agua potable en cantidad suficiente y calidad adecuada para satisfacer las necesidades de la población, para lo cual el sector deberá incorporar en sus decisiones de planificación, gestión e inversión, las acciones necesarias para contrarrestar los efectos del cambio climático, la protección del medio ambiente y así mitigar el riesgo de desastres naturales, en coordinación con las agencias relacionadas con la gestión integral del recurso hídrico. Para implementar el Plan Nacional de Saneamiento 2017-2021 se requiere el compromiso de todas las instituciones relacionadas al sector saneamiento, articuladas bajo el liderazgo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), en su calidad de Ente Rector. Si bien se trata de un gran desafío, este Ministerio se encuentra comprometido en alcanzar la cobertura universal, en los ámbitos urbano y rural al año 2021 y 2030, respectivamente, y así contribuir con el bienestar de la ciudadanía. Introducción El Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS), tiene competencias en materia de saneamiento, y como tal le corresponde planificar, normar y ejecutar las políticas nacionales y sectoriales conducentes para "Lograr el

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Aprobada por Decreto Supremo Nº 007-2017 VIVIENDA. Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento y su Reglamento.

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