Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2017 (25/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Domingo 25 de junio de 2017 /

El Peruano

c.2) Accesibilidad económica. El agua y los servicios e instalaciones de agua deben estar al alcance de todos. Los costos y cargos directos e indirectos asociados con el abastecimiento de agua deben ser asequibles y no deben comprometer ni poner en peligro el ejercicio de otros derechos reconocidos en el Pacto. c.3) No discriminación. El agua y los servicios e instalaciones de agua deben ser accesibles a todos de hecho y de derecho, incluso a los sectores más vulnerables y marginados de la población, sin discriminación alguna por cualquiera de los motivos prohibidos. c.4) Acceso a la información. La accesibilidad comprende el derecho de solicitar, recibir y difundir información sobre las cuestiones del agua. 2. Marco institucional En el Perú, el MVCS es el Ente Rector en materia de saneamiento; mientras la provisión de los servicios se encuentra a cargo de los prestadores de servicio de saneamiento en el ámbito urbano y rural, los cuales pueden ser empresas prestadoras de servicio de saneamiento público, privado o mixto, municipalidades, organizaciones comunales, operadores especializados. Por otra parte, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) es el organismo regulador adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), responsable de regular, supervisar y fiscalizar la prestación de los servicios de saneamiento. En el año 2013 se creó el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) adscrito al MVCS, como respuesta a las deficiencias en la gestión y administración de las empresas prestadoras públicas ya que muchas de ellas han sido llevadas a la insolvencia; en atención a ello, se encargó al OTASS cautelar la ejecución de la política del Ente Rector en materia de administración para la prestación de los servicios de saneamiento. Dicho órgano también se encuentra facultado para intervenir a las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal en condición de insolvencia financiera y operativa a fin de mejorar su desempeño. Las principales competencias y funciones desarrolladas por las entidades con competencias reconocida en materia de saneamiento son: i) rectoría, ii) regulación y fiscalización, iii) prestación de los servicios, iv) gestión y administración, b) proyectos y programas (complementan a la función de prestación de servicios), v) otras funciones que realizan los sectores involucrados. Tabla N° 1 Actores involucrados en el Sector Saneamiento FUNCIONES i. Rectoría ii. Regulación , supervisión y fiscalización iii. Gestión y Administración iv. Prestación de servicios URBANA RURAL

MVCS: VMCS: DGPRCS, DGPPCS, DGAA. MINSA (DIGESA) - MINAGRI (ANA) Sunass OTASS Empresas prestadoras: Públicas, Privadas o Mixtas Municipalidades: UGM, Operadores especializados N.A. Organizaciones Comunales, (por ejm. JASS)

v. Formulación y Ejecución

vi. Otros Actores Fuente: DGPRCS - MVCS 2.1. Rectoría

PNSU ­ PROGRAMA AGUA SEGURA PNSR PARA LIMA Y CALLAO Gobierno Regional ­ Dirección Regional de Vivienda Construcción y Saneamiento Gobierno Local Cooperación internacional, Academia.

El MVCS, como Ente Rector del sector saneamiento, es responsable de formular, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial en materia de saneamiento, de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado de los tres niveles de Gobierno. Para el ejercicio de las funciones indicadas, el MVCS cuenta con: a) La Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (DGPRCS): Es el órgano de línea responsable de proponer, difundir y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en las materias de construcción y saneamiento. b) La Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento (DGPPCS). Es el órgano de línea responsable de gestionar, coordinar, promover y hacer el seguimiento de la ejecución de las acciones y desarrollo de los programas y proyectos en materia de construcción y saneamiento. c) La Dirección General de Asuntos Ambientales (DGAA). Es el órgano de línea que se encarga de proponer objetivos, lineamientos y estrategias ambientales para el desarrollo de las actividades de competencia del MVCS, velando por la protección del medio ambiente y la conservación de recursos naturales dentro del marco de la Política Nacional de Ambiente. d) Formulación y Ejecución, Para el financiamiento y ejecución de las inversiones de infraestructura de saneamiento, el MVCS cuenta con el Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU), el Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR) y el Programa Agua Segura para Lima y Callao. e) Instrumento financiero para impulsar el sector, El Fondo de Inversión Agua Segura -FIAS-, encargados de mejorar la calidad, ampliar la cobertura para el cierre de brechas y promover el uso sostenible de los servicios de saneamiento en sus respectivos ámbitos. f) Los Centros de Atención al Ciudadano (CAC). Son canales transparentes e imparciales de interacción entre el ciudadano y el sector, canalizan, coordinan y facilitan la atención los usuarios. Brindan información, soporte y asistencia técnica de manera desconcentrada a las diferentes instancias regionales y locales liderando y ejecutando acciones para el cierre de brechas de los servicios de agua, saneamiento, vivienda y urbanismo con calidad y sostenibilidad. Los gobiernos regionales tienen la función de apoyar técnica y financieramente a los gobiernos locales en la prestación de servicios de saneamiento.

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