Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2017 (25/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Domingo 25 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Por otro lado, el acceso al agua potable mediante conexiones domiciliarias, elimina la necesidad de comprarla a camiones cisterna, los cuales no solo proveen agua de dudosa calidad sino también con altos riesgos de contaminación en el almacenamiento, e implica un mayor costo para los usuarios. A ello se sumarían otros beneficios como la mejora de la calidad del agua a consumir y el ahorro del tiempo empleado para trasladar el agua desde los camiones cisterna hasta la vivienda, que se estima [en promedio] 35 minutos diarios7. A su vez, la apropiada provisión de los servicios reduce la presión económica generada por los costos asociados a la salud (tales como gastos en atención médica, medicinas y tiempo de cuidado de los enfermos), por lo que es un factor importante en la reducción de la pobreza. Por lo tanto, la falta de acceso a los servicios de saneamiento afecta principalmente a los grupos de personas con menos recursos, con mayor incidencia en los grupos etarios de adultos mayores y niños. Efectivamente, es usual en los sectores rurales y periurbanos que sean las mujeres y los niños, los encargados de las labores de acarreo de agua, no siempre potable, desde diversas fuentes. El tiempo y el esfuerzo utilizado para ello, limitan las capacidades de estas personas. Los beneficios económicos derivados de la inversión sectorial tienen incidencia también sobre la actividad económica, por el lado del gasto público a través de la demanda agregada de bienes y servicios (inversión y consumo), así como mediante la expansión del aparato productivo espacial y en algunos casos afectando los precios, insumos y recursos que utiliza el sector. También los proyectos consideran tributos, como el Impuesto General a las Ventas, atribuibles a su implementación, que se contabilizan en los flujos de beneficios y costos e inversión, que posteriormente se destinaran a mayor inversión y consumo. La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) ha reportado que en los últimos 6 años, se ha tributado un total de 1,8 mil millones de soles de las empresas prestadoras. Cuadro N° 1 Ingresos recaudados por la SUNAT por la actividad económica de generación de energía eléctrica y de servicio de agua 2011 ­ 2016 (millones de soles)
Año DESCRIPCIÓN 2011 2012 2013 2014 2015 2016

Generación y dis tribución de la energía eléctrica Fabricación de gas , dis tribución de com bus tible Sum inis tro de vapor de agua caliente C aptación, dis tribución y depuración del agua

1,735,764,608 32,244,086 48,522 203,145,838 1,971,203,053

2,328,700,101 64,863,685 46,658 260,576,106 2,654,186,550

2,257,659,505 106,050,708 344,467 322,218,041 2,686,272,722

2,527,613,550 67,146,001 373,955 337,031,689 2,932,165,195

2,824,258,187 114,359,193 559,428 328,936,837 3,268,113,645

2,951,788,757 167,873,366 1,815,612 351,766,423 3,473,244,157

TOTAL Participación

10.3%

9.8%

12.0%

11.5%

10.1%

10.1%

Fuente: Gerencia de Estadística - Intendencia Nacional de Estudios Económicos y Estadística - SUNAT. 1.3. En lo ambiental Los sistemas de saneamiento permiten el uso eficiente del agua, contribuyendo con el desarrollo sostenible y a la preservación de los cuerpos de agua y de esta manera a la sostenibilidad del recurso. En efecto, la medición del consumo de agua en las viviendas, utilizando equipos de micro medición, tiene un efecto positivo en los hábitos de consumo, propiciando el uso eficiente del agua y reduciendo su dispendio. El reúso de aguas residuales tratadas, disminuye la presión sobre el recurso. El hecho de utilizar las aguas residuales tratadas, ya sea en el riego de parques y jardines, en la industria de la construcción, en carreteras, u otras actividades industriales como la minería, contribuye a reducir la demanda de agua de fuentes naturales. El agua residual que recibe tratamiento previo antes de ser descargada, reduce la contaminación de los diversos ecosistemas existentes -sobre todo, de las fuentes de aguas superficiales y subterráneas-, evita la proliferación de vectores que causan enfermedades en la población, principalmente en los niños, así como las enfermedades resultantes por el riego de cultivos con aguas contaminadas. Asimismo, las medidas ambientales previstas en este rubro, permiten contribuir a contrarrestar el calentamiento global y disminuir las emisiones de carbono (CO2). 1.4. El derecho humano al agua Para el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU8, los siguientes factores se aplican en cualquier circunstancia para el adecuado ejercicio del derecho al agua: a) La disponibilidad. El abastecimiento de agua de cada persona debe ser continuo y suficiente para los usos personales y domésticos. Esos usos comprenden normalmente el consumo, el saneamiento, la colada, la preparación de alimentos y la higiene personal y doméstica. La cantidad de agua disponible para cada persona debería corresponder a las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS). También es posible que algunos individuos y grupos necesiten recursos de agua adicionales en razón de la salud, el clima y las condiciones de trabajo. b) La calidad. El agua necesaria para cada uso personal o doméstico debe ser salubre, y por lo tanto, no ha de contener microorganismos o sustancias químicas o radiactivas que puedan constituir una amenaza para la salud de las personas. Además, el agua debería tener un color, un olor y un sabor aceptables para cada uso personal o doméstico. c) La accesibilidad. El agua y las instalaciones y servicios de agua deben ser accesibles para todos, sin discriminación alguna, dentro de la jurisdicción del Estado Parte. La accesibilidad presenta cuatro dimensiones superpuestas: c.1) Accesibilidad física. El agua y las instalaciones y servicios de agua deben estar al alcance físico de todos los sectores de la población. Debe poderse acceder a un suministro de agua suficiente, salubre y aceptable en cada hogar, institución educativa o lugar de trabajo o en sus cercanías inmediatas. Todos los servicios e instalaciones de agua deben ser de calidad suficiente y culturalmente adecuados, y deben tener en cuenta las necesidades relativas al género, el ciclo vital y la intimidad. La seguridad física no debe verse amenazada durante el acceso a los servicios e instalaciones de agua.

7

8

Sunass, disponible en http://www.sunass.gob.pe/websunass/index.php/noticias/item/568-sunass-comprar-agua-por-camion-cisterna-les-cuesta-a-las-familiaslimenas-72-soles-mensuales (consultado el 11 de abril 2015). http://www.acnur.org/t3/fileadmin/Documentos/BDL/2012/8789.pdf?view=1

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