Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2017 (03/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Viernes 3 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, mediante el Informe N° 003-2017-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de proyectos que serán financiados con recursos de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", la misma que cuenta con la aprobación de la Presidenta Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas ­ PTCD", en los años 2016 y 2017, DEVIDA suscribió Convenios de Cooperación Interinstitucional y Adendas con diversas Entidades Ejecutoras para la ejecución de la actividad "Prevención del Consumo de Drogas en el Ámbito Comunitario" hasta por la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES (S/ 350,000.00), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencias financieras; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, ha emitido las Certificaciones de Crédito Presupuestal N°s 00292, 00294 Y 00302, las que convalidan lo dispuesto en el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, entendiéndose que estos documentos forman parte del "Informe Previo Favorable", tal como se señala en el Memorándum N° 147-2017-DV-OPP que hace suyo el Informe N° 006-2017-DV-OPP/UPPTO; adicionalmente, DEVIDA ha emitido las respectivas conformidades a los Planes Operativos de dichos proyectos y actividades; Que, con los visados de la Secretaría General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas ­ PTCD" y los responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR las transferencias financieras hasta por la suma total de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES (S/ 350,000.00), para financiar proyectos y actividades, a favor de las Entidades Ejecutoras que se detallan en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que las transferencias financieras autorizadas por el artículo primero de la presente resolución, se realicen con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2017 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de financiamiento: 00. "Recursos Ordinarios". Artículo Tercero.- RATIFICAR que las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, solo destinarán los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de los proyectos y actividades descritos en el Anexo N° 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos o actividades, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, es la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para los cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución al Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas ­ PTCD", a la Dirección de Articulación Territorial, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina General de Administración para los fines correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad,

a fin que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. CARMEN MASÍAS CLAUX Presidenta Ejecutiva

ANEXO N° 01 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL DE PREVENCION Y TRATAMIENTO DEL CONSUMO DE DROGAS - PP PTCD MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/. 100,000.00

NRO. ENTIDAD EJECUTORA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLOCHEGUA

NOMBRE DE ACTIVIDAD / PROYECTO ACTIVIDAD: "PREVENCION DEL CONSUMO DE DROGAS EN EL AMBITO COMUNITARIO"

1

2

ACTIVIDAD: "PREVENCION DEL MUNICIPALIDAD CONSUMO DE DROGAS EN EL DISTRITAL DE KIMBIRI AMBITO COMUNITARIO" MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA MAR ACTIVIDAD: "PREVENCION DEL CONSUMO DE DROGAS EN EL AMBITO COMUNITARIO" TOTAL

100,000.00

3

150,000.00 350,000.00

1492449-1 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 032-2017-DV-PE Lima, 2 de marzo de 2017 VISTO: El Memorándum N° 43-2017-DV-DATE-PPCOD de fecha 14 de febrero de 2017, emitido por la Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú" ­ GIECOD; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene como función general "Diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación"; Que, el acápite vi) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley N° 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza a DEVIDA a realizar, de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas ­ PTCD" y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú ­ GIECOD"; precisándose en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, asimismo, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud del numeral 15.1 del mismo artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos; además, el referido numeral precisa que los recursos públicos, bajo

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