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28 NORMAS LEGALES Viernes 3 de marzo de 2017 / El Peruano Que, mediante informe de Visto la Dirección de Derecho de Vigencia informa que el monto total a distribuir correspondiente al mes de enero de 2017 es de US $ 6,115,419.31 (Seis Millones Ciento Quince Mil Cuatrocientos Diecinueve y 31/100 Dólares Americanos) y S/ 2,050.00 (Dos Mil Cincuenta y 00/100 Soles), adjuntando la relación de las entidades benefi ciarias con sus respectivos montos, conforme a la normativa vigente; Que, en atención a las consideraciones precedentes, y a lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, corresponde autorizar la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de enero de 2017 a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales, Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET y Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, y a las funciones y responsabilidades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035- 2007-EM, y; Con los visados de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Dirección de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE: Artículo 1.- Asignar los montos recaudados por los conceptos de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad en el mes de enero del año 2017, de conformidad a los Anexos Nº 1 y Nº 2, que forman parte integrante de la presente resolución, según el siguiente detalle: Entidades Monto a Distribuir US$ S/ DISTRITOS 4,586,772.07 1,537.50 INGEMMET 1,213,535.91 410.00 MINEM 303,383.98 102.50 GOBIERNOS REGIONALES 11,727.35 0.00 TOTAL 6,115,419.31 2,050.00 (*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2 Artículo 2.- Precisar que los pagos por Derecho de Vigencia y Penalidad materia de la presente distribución tienen una fi nalidad pública y la condición de bienes de Dominio Público no sujetos a embargo o ejecución coactiva, conforme a Ley. Artículo 3.- Disponer que la Ofi cina de Administración del INGEMMET ejecute las acciones pertinentes a fi n de proceder con las transferencias dispuestas conforme al artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR BERNUY VERAND Presidente del Consejo Directivo ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y el inciso a) del artículo 57 del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modifi cado por Ley Nº 29169, la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de enero de 2017 a las Municipalidades Distritales es el siguiente: DPTO. / PROV. / DISTRITO S/ U.S. $ AMAZONAS/BONGARA FLORIDA 0.00 8,400.00 VALERA 0.00 751.01 YAMBRASBAMBA 0.00 21,675.00 AMAZONAS/CHACHAPOYAS CHACHAPOYAS 0.00 900.00 HUANCAS 0.00 1,125.00 SONCHE 0.00 900.00 AMAZONAS/CONDORCANQUI NIEVA 0.00 450.00 RIO SANTIAGO 0.00 1,800.00 AMAZONAS/LUYA LAMUD 0.00 1,876.00 SAN CRISTOBAL 0.00 751.01 AMAZONAS/UTCUBAMBA CAJARURO 0.00 7,275.00 ANCASH/AIJA AIJA 0.00 11,175.00 CORIS 0.00 2,700.00 LA MERCED 0.00 13,162.50 SUCCHA 0.00 2,016.71 ANCASH/ANTONIO RAYMONDI MIRGAS 0.00 3,712.50 SAN JUAN DE RONTOY 0.00 9,900.00 ANCASH/BOLOGNESI AQUIA 0.00 1,125.00 CAJACAY 0.00 3,262.50 CHIQUIAN 0.00 675.00 HUALLANCA 0.00 7,380.00 MANGAS 0.00 225.00 ANCASH/CARHUAZ CARHUAZ 0.00 112.50 PARIAHUANCA 0.00 325.00 YUNGAR 0.00 325.00 ANCASH/CARLOS FERMIN FITZCARRALD SAN NICOLAS 0.00 450.00 ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA 0.00 14,629.50 CASMA 0.00 6,187.95 YAUTAN 0.00 3,151.20 ANCASH/CORONGO ACO 0.00 2,025.00 BAMBAS 0.00 1,237.50 CORONGO 0.00 3,075.00 CUSCA 0.00 5,175.00 LA PAMPA 0.00 1,125.00 ANCASH/HUARAZ COCHABAMBA 0.00 3,825.00 HUANCHAY 0.00 225.00 HUARAZ 0.00 12,300.00 INDEPENDENCIA 0.00 4,929.00 JANGAS 0.00 1,200.00 LA LIBERTAD 0.00 337.50 PAMPAS 0.00 787.50