Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2017 (04/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 4 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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003-2012-MIDIS, ampliando la vigencia del citado Programa al 31 de diciembre de 2017; dentro de dicho plazo, corresponde al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, previa evaluación de impacto, proponer, su formulación como política pública a través de su institucionalización, o las medidas y/o modificaciones normativas necesarias para asegurar la ejecución y sostenibilidad del Programa por un plazo de cinco (5) años adicionales; Que, contándose con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Modificación del artículo 1 del Decreto Supremo N° 003-2012-MIDIS Modificase el cuarto párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo N° 003-2012-MIDIS, en los siguientes términos: "Artículo 1.- Creación del Programa Nacional Cuna Más (...). El Programa Nacional Cuna Más estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2017; dentro de dicho plazo, previa evaluación de impacto, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social propondrá, de ser el caso, su formulación como política pública a través de su institucionalización, o las medidas y/o modificaciones normativas necesarias para asegurar la ejecución y sostenibilidad del Programa por un plazo de cinco (5) años adicionales." Artículo 2.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1493143-6

Aprueban criterios de priorización y el ámbito de intervención, a nivel de centro poblado, para el acondicionamiento de viviendas de la población en condición de pobreza y pobreza extrema, en zonas de riesgo alto y muy alto frente a las heladas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 033-2017-MIDIS Lima, 2 de marzo de 2017 VISTOS: Los Oficios Nos. 170 y 257-2017-MIDIS/FONCODES/ DE de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (en adelante, FONCODES) y el Informe N° 066-2017-MIDIS/VMPES/DGPE de la Dirección General de Políticas y Estrategias del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social,

en su artículo 6 dispone que, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el organismo rector de la políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional, entre otros, para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; Que, a través del numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 30530, se autoriza al Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, durante el Año Fiscal 2017, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, hasta por la suma de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SESENTA y 00/100 SOLES (S/ 10 334 060.00), para que a través del FONCODES, realice acciones que disminuyan la vulnerabilidad de las personas que viven en pobreza y pobreza extrema frente al fenómeno de heladas de 2017, a partir del acondicionamiento de la infraestructura de la vivienda incluyendo la instalación de cocinas mejoradas. Dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2017EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SESENTA y 00/100 SOLES (S/ 10 334 060.00), del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a favor del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para que a través del FONCODES, realice acciones que disminuyan la vulnerabilidad de las personas que viven en pobreza y pobreza extrema frente al fenómeno de heladas de 2017, a partir del acondicionamiento de la infraestructura de la vivienda incluyendo la instalación de cocinas mejoradas; Que, con Resolución Ministerial N° 022-2017-MIDIS, rectificada por Resolución Ministerial N° 024-2017-MIDIS, se aprobó la desagregación de los recursos autorizados mediante Decreto Supremo N° 015-2017-EF, por la suma de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SESENTA y 00/100 SOLES (S/ 10 334 060.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a favor de la Unidad Ejecutora 004: FONCODES; Que, el numeral 2.6 del artículo 2 de la Ley N° 30530 señala que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social sobre la base de los distritos incluidos en el Plan Multisectorial de Respuesta a Heladas y Friaje 2017, determina, mediante resolución ministerial, los criterios de priorización y el ámbito de intervención, a nivel de centro poblado, para el acondicionamiento de viviendas en zonas de riesgo alto y muy alto frente a las heladas; Que, a través del Decreto Supremo N° 019-2017-PCM, se aprobó el "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2017", para la articulación multisectorial de intervenciones del Gobierno Nacional en los distritos priorizados ante heladas y friaje; Que, a través de los Oficios Nºs. 170 y 257-2017-MIDIS/ FONCODES/DE, la Dirección Ejecutiva del FONCODES remite para su aprobación, los criterios de priorización y el ámbito de intervención, a nivel de centro poblado, para el acondicionamiento de viviendas de la población en condición de pobreza y pobreza extrema, en zonas de riesgo alto y muy alto frente a las heladas; Que, con Informe N° 066-2017-MIDIS/VMPES/ DGPE, la Dirección General de Políticas y Estrategias del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, emite opinión respecto a los criterios de priorización y el ámbito de intervención, a nivel de centro poblado, para el acondicionamiento de viviendas de la población en condición de pobreza y pobreza extrema, en zonas de riesgo alto y muy alto frente a las heladas; Que, en ese sentido, corresponde aprobar los criterios de priorización y el ámbito de intervención, a nivel de centro poblado, para el acondicionamiento de viviendas de la población en condición de pobreza y pobreza extrema,

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