Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2017 (04/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Sábado 4 de marzo de 2017 /

El Peruano

hidrológicas automáticas ubicadas en las cuencas de los ríos Marañón y Huallaga; Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, es necesario autorizar la transferencia financiera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI), mediante la correspondiente resolución del Titular del Pliego; Con la opinión favorable del Director (e) de Presupuesto y el visto bueno del Director General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de Administración, del Director General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de la transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados del pliego a favor del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI) Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados por un monto total ascendente a S/ 700 000,00 (setecientos mil y 00/100 Soles), a favor del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI), como aporte institucional para la operación y mantenimiento de las estaciones hidrológicas automáticas ubicadas en las cuencas de los ríos Marañón y Huallaga del proyecto "Suministro, Instalación y Puesta en Funcionamiento de un Sistema Hidrológico Automático y Equipos de Medición para Fines Hidroenergéticos", de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes 2.4 Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional S/ 700 000,00 ------------------TOTAL S/ 700 000,00 ==========

INTERIOR
Autorizan viajes de oficiales y suboficiales de la Policía Nacional del Perú a Francia, México y Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 115-2017-IN Lima, 2 de marzo de 2017 VISTOS; el Circular con Referencia N° 2017/1/GORS/ HNCB/EK/jg, de fecha 11 de enero de 2017, del Director Ejecutivo de Servicios Policiales de la Organización Internacional de Policía Criminal - INTERPOL; la Hoja de Estudio y Opinión Nº 54-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 20 de febrero de 2017; y, la Hoja de Estudio y Opinión N° 78-2017-DG PNP/DIRASINT-DB, de fecha 28 de febrero de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Circular con Referencia N° 2017/1/ GORS/HNCB/EK/jg, de fecha 11 de enero de 2017, el Director Ejecutivo de Servicios Policiales de la Organización Internacional de Policía Criminal ­ INTERPOL, hace extensiva la invitación a los Jefes de las Oficinas Centrales Nacionales - INTERPOL, a fin de participar en la 13° Conferencia Anual de Jefes de las Oficinas Centrales Nacionales - INTERPOL, a realizarse en la ciudad de Lyon - República Francesa, del 7 al 9 de marzo de 2017; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 54-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 20 de febrero de 2017, modificada por la Hoja de Estudio y Opinión Nº 782017-DG PNP/DIRASINT-DB, de fecha 28 de febrero de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente que prosiga el trámite del expediente del viaje al exterior, en comisión de servicios, del 5 al 10 de marzo de 2017, a la ciudad de Lyon - República Francesa, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Martin Severo Parra Saldaña, por cuanto es importante la participación del Jefe de la Oficina Central Nacional INTERPOL LIMA en el indicado evento, en razón de que se tiene como objetivo debatir las prioridades e iniciativas en materia de cooperación policial e internacional, fortalecer las acciones destinadas a neutralizar el crimen organizado en todas sus modalidades, crear normas sólidas en materia de tratamiento de datos, el uso de capacidades policiales de la INTERPOL y la evaluación de las necesidades del personal de las Oficinas Centrales Nacionales y formación del mismo; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, redunda en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) en clase económica, incluida la tarifa única de uso de aeropuerto y viáticos, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 1072-2017-DIREJADM-DIRECFINPNP/DIVPRE, de fecha 27 de febrero de 2017, que remite la Certificación de Crédito Presupuestario N° 637 y deja sin efecto la Certificación de Crédito Presupuestario N° 567, conforme a la Disposición de Comando N° 142-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 27 de febrero de 2017; Que, asimismo el artículo 3° del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, de fecha 11 de marzo de 2009, establece que los viajes al exterior

Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectúa de conformidad con el siguiente detalle:
Al: Pliego Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Cuenta Corriente RUC : 331 Servicio Nacional Meteorología e Hidrología - SENAMHI : 001 Servicio Nacional Meteorología e Hidrología - SENAMHI : 474 Servicio Nacional Meteorología e Hidrología - SENAMHI : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT : 20131366028

Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional celebrado entre el Ministerio de Energía y el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI). Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1492843-1

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