Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2017 (04/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 4 de marzo de 2017 /

El Peruano

al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República que resulten estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, asimismo el artículo 1° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajan en representación del Poder Ejecutivo irrogando gastos al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución; Que, el literal b) del inciso 4.2 del artículo 4° del Decreto Legislativo Nº 1141, Decreto Legislativo de Fortalecimiento y Modernización del Sistema de Inteligencia Nacional SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI, dispone que las resoluciones que autorizan viajes al exterior de personal del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA constituyen información clasificada de inteligencia, por lo que no deben ser publicadas; Con el visado del Viceministerio de Orden Interno del Ministerio del Interior, de la Dirección General de Inteligencia del Ministerio del Interior y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y el Decreto Legislativo Nº 1141, Decreto Legislativo de Fortalecimiento y Modernización del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Cesar Augusto Cervantes Cárdenas, de la Mayor de la Policía Nacional del Perú Ana Victoria Quispe Fitzcarrald y del Suboficial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Humberto Velásquez Cabrera, del 5 al 11 de marzo de 2017, a la ciudad de Juárez, Chihuahua, Estados Unidos Mexicanos, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora N° 001: Oficina General de Administración y Finanzas, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Importe US$ 2,526.44 Personas x 3 = Total US$ 7,579.32

describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese y comuníquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1493108-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 119-2017-IN Lima, 3 de marzo de 2017 VISTOS; la Carta N° 147/AMERIPOL ­ SECRETARÍA EJECUTIVA, de fecha 30 de enero de 2017, del Delegado del Secretario Ejecutivo de AMERIPOL; y, la Hoja de Estudio y Opinión N° 68-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 23 de febrero de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° 147/AMERIPOL ­ SECRETARÍA EJECUTIVA, de fecha 30 de enero de 2017, el Delegado del Secretario Ejecutivo de AMERIPOL hace extensiva la invitación a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, para que dos funcionarios policiales (un hombre y una mujer) participen en la décima tercera edición de la carrera atlética "Policía Héroe de Paz", con motivo de celebrarse un aniversario más de profesionalización de la Policía Nacional del Ecuador, a realizarse el 5 de marzo de 2017, en la ciudad de San Francisco de Quito, República del Ecuador; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 68-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 23 de febrero de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente que prosiga el trámite de aprobación del expediente del viaje al exterior, en comisión de servicios, del 4 al 6 de marzo de 2017, a la ciudad de San Francisco de Quito, República del Ecuador, de la Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Lidia Luisa Gonzales Cuadros y del Suboficial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Julio César Girón Ramos, por cuanto su participación como representantes de la Policía Nacional del Perú en el evento deportivo realzará la imagen institucional, así como establecerá lazos de cordialidad entre las policías pertenecientes a la comunidad de AMERIPOL; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, redunda en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de gastos de inscripciones, transporte interno, alojamiento y alimentación, son asumidos por la Federación Deportiva Policial Ecuatoriana (FEDEPOE), conforme lo señala la Carta N° 147/AMERIPOL ­ SECRETARIA EJECUTIVA, de fecha 30 de enero de 2017, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 968-2017-DIREJADM-DIRECFINPNP/DIVPRE., de fecha 22 de febrero de 2017; Que, asimismo el artículo 3° del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, de fecha 11 de marzo de 2009, establece que los viajes al exterior

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal al que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado,

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