Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2017 (12/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Domingo 12 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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CAPÍTULO IV De las Prohibiciones y Sanciones (....) Artículo 18.- Inclúyase en la Ordenanza N° 000010 del 24 de febrero de 2007 que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) de la Municipalidad Provincial del Callao, específicamente, en el cuadro de infracciones y sanciones de la Gerencia General de Salud, la infracción siguiente:
CODIGO DESCRIPCION DE LA CATEGORIAS SANCION INFRACCION (%) UIT COMPLEMENTARIA Por usar y/o instalar en la 07-056 vía publica piscina portátil 100% Decomiso (o poza de agua) en todas sus dimensiones y características.

al Proceso del Presupuesto Participativo del año 2018; y CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, Los gobiernos locales son órganos de gobierno que poseen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Nº 28056 "Ley Marco del Presupuesto Participativo", y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 171-2000-EF, definen y establecen los principios rectores y las disposiciones para una efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de elaboración del Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo. Que, mediante Ley Nº 29298, se modifica los Artículos 4º, 5º, 6º y 7º, de la Ley Nº 28056 "Ley Marco del Presupuesto Participativo", estableciéndose que los presupuestos participativos se sustentan en las orientaciones, compromisos, aportes y prioridades establecidos en los Planes de Desarrollo Concertados a nivel regional, provincial y distrital; asimismo en la adecuación de sus fases y actividades que se requieran para el mejor cumplimiento del proceso, considerando la realidad territorial, serán reguladas por Ordenanza. Que mediante Decreto Supremo Nº 142-2009, se aprueba el nuevo Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y derogando el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF. Que, con Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, se establece los criterios para delimitar proyectos de impacto Regional, Provincial y distrital en el Presupuesto Participativo, Que, mediante Decreto Supremo Nº 132-2010-EF, se modifica los artículos 3º,41 Y 5º del Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, correspondiente al Proceso del Presupuesto Participativo. Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01 se aprueba el Instructivo Nº 007­2010­EF/76.01, Instructivo para el proceso del Presupuesto Participativo, Que, por las consideraciones expuestas, y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 9º numeral 8 y el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Pleno de Concejo de la Municipalidad Provincial de Barranca con el voto UNANIME de sus miembros y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGLAMENTA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL AÑO FISCAL 2018 Artículo 1º.- APROBAR, el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, de la provincia de Barranca, para el Año Fiscal 2018, el cual consta de II Títulos, III Capítulos, 13 Artículos, Tres Disposiciones Finales y 02 Anexos (Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo y Ficha de Inscripción de los Agentes Participantes) y que en anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- ENCARGAR, al despacho de Alcaldía la implementación de la presente Ordenanza mediante el Decreto de Alcaldía correspondiente, dando cuenta de ello al Pleno del Concejo Municipal, cuando las circunstancias así lo ameriten. Artículo 3º.- DEJAR SIN EFECTO, todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Artículo 4º.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Estadística e Informática la publicación de la presente Ordenanza tanto en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Barranca, así como en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, así como en un Medio Periodístico de Circulación Regional. Regístrese, comuniquese, publíquese y cúmplase. Dado en la casa Municipal a los Veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil diecisiete. JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 1495358-1

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. Encárgase a la Gerencia General de Salud el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda. Encárgase a la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización, efectuar las modificaciones del Régimen de Aplicación de Sanciones, presentando un texto ordenado, para su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Provincial del Callao y en los correspondientes portales electrónicos del Estado. Tercera . Dispóngase la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y encárguese a la Gerencia de Informática, publicarla con el texto ordenado de la Ordenanza 000010-2007 del 24 de febrero de 2007 en el portal institucional de la Municipalidad Provincial del Callao www.municallao.gob. pe, y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe Cuarta. Facúltase al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Quinta. La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 1495780-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la provincia de Barranca para el Año Fiscal 2018
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2017-AL/CPB EL ALCALDE DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA; POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria, del 24 de Febrero de 2017, el proyecto de Ordenanza Municipal que convoca

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