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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2017 (17/03/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Viernes 17 de marzo de 2017 El Peruano / aplicable al Año 2017 y en las que se considera que el tramo fi jo es el importe que se paga, de forma prospectiva, a las Unidades Ejecutoras que tienen a su cargo IPRESS públicas del primer nivel de atención, a través de los recursos fi nancieros necesarios que garanticen la disponibilidad de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios para la atención de los asegurados del SIS; Que, conforme al marco normativo expuesto, el SIS ha suscrito Convenios para el Financiamiento de los Servicios o Prestaciones de Salud en el Primer Nivel de Atención con los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Ayacucho, Junín, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Tumbes y Ucayali, los que tienen por objetivo establecer el mecanismo, modalidades y condiciones de pago que garanticen la atención integral de los asegurados del SIS en las IPRESS del Primer Nivel de Atención; Que, según lo establecido en la Cláusula Décimo Segunda de los referidos Convenios, que la distribución de los montos a transferir por el SIS a las unidades ejecutoras tiene como Prioridad I la adquisición de productos farmacéuticos, dispositivos médicos, productos sanitarios y procedimientos médicos quirúrgicos, estomatológicos; mientras que los otros gastos de reposición y gestión deben efectuarse después de cubrir las necesidades con Prioridad I y realizarse conforme a los conceptos de fi nidos para las Especí fi cas de Gasto reconocidos por el SIS; Que, mediante Informe N° 04-2017-SIS/GNF-SGF/ PFCL con Proveído Nº 108-2017-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento propone que, en el marco de la normatividad vigente y los Convenios para el Financiamiento de los Servicios de Salud en el Primer Nivel de Atención suscritos entre el SIS y los referidos Gobiernos Regionales, se realice la transferencia de los recursos fi nancieros por el monto ascendente a S/ 99 587 854,00 (noventa y nueve millones quinientos ochenta y siete mil ochocientos cincuenta y cuatro con 00/100 soles), correspondiente al Tramo Fijo 2017 establecido en los mencionados Convenios; Que, en relación con el abastecimiento de productos farmacéuticos, el artículo 121 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, establece que el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES es el órgano competente de la programación y desarrollo del abastecimiento de los recursos estratégicos en salud, teniendo para ello la función de implementar así como de supervisar los procedimientos para el abastecimiento sectorial de los recursos estratégicos en salud; garantizando la calidad, oportunidad y precios que aseguren la accesibilidad de éstos a la población, conforme con lo dispuesto en el literal a) del artículo 122 del referido Reglamento; Que, en ese marco, el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 528-2016/MINSA dispone que el CENARES ejecute el proceso de selección mediante Compra Corporativa sectorial de productos farmacéuticos para el abastecimiento de los años 2017 y 2018, según corresponda, con sujeción a la normativa de contrataciones del Estado, debiendo coordinar con las entidades participantes sus requerimientos, así como efectuar la consolidación de los mismos; Que, mediante O fi cios números 041-2017-CENARES/ MINSA, 132-2017-CENARES/MINSA y 202-2017-CENARES/MINSA, el CENARES ha solicitado que el SIS realice las transferencias fi nancieras a favor de las Unidades Ejecutoras participantes de la Compra Corporativa sectorial de productos farmacéuticos para el abastecimiento 2017-2018; Que, asimismo, mediante O fi cio Circular Nº 001-2017-CENARES/MINSA, el CENARES solicita que las Unidades Ejecutoras participantes de la Compra Corporativa sectorial de productos farmacéuticos para el abastecimiento de los años 2017 y 2018 emitan la Certi fi cación del Crédito Presupuestario, previo al otorgamiento de la Buena Pro de los procedimientos de selección en curso, en cumplimiento del literal d) artículo 19 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Informe N° 009-2017-SIS/OGPPDO- NAM con Proveído N° 054-2017-SIS/OGPPDO, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional emite opinión favorable de la disponibilidad presupuestal y aprueba la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 00350-2017 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud; Que, asimismo, mediante Informe N° 40-2017-SIS/ OGAJ/PGPF, la O fi cina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal favorable para la transferencia fi nanciera propuesta por la Gerencia de Negocios y Financiamiento, en el marco de los Convenios para el Financiamiento de los Servicios o Prestaciones de Salud en el Primer Nivel de Atención suscritos con el Seguro Integral de Salud, por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Que, corresponde a los Titulares de los Pliegos tramitar la incorporación de los recursos que se trans fi eren por la presente Resolución Jefatural, desagregándolos en el nivel funcional programático de acuerdo a los montos asignados en las categorías presupuestarias, debiendo emitir la resolución correspondiente dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución, así como efectuar su publicación en el Portal Institucional del Pliego dentro de los cinco (5) días de aprobada; asimismo, con relación a las asignaciones presupuestarias que no resultan en productos (APNOP), debe considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud establecidas en el Plan de Bene fi cios del SIS, así como acorde a la programación de actividades articuladas al Plan Operativo Institucional de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente; Con el visto bueno de la Secretaria General, del Gerente (e) de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerente de la Gerencia de Riesgo y Evaluación de las Prestaciones, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 15.2 del artículo 15° de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016- SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud – SIS por la suma total de NOVENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 00/100 SOLES (S/ 99 587 854,00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al Tramo Fijo 2017, a favor de las Unidades Ejecutoras del sector salud de nueve (9) Gobiernos Regionales, de acuerdo al Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural, en el marco de los Convenios para el Financiamiento de los Servicios de Salud en el Primer Nivel de Atención suscritos con el Seguro Integral de Salud. Artículo 2.- Disponer que el importe total señalado en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural debe ser utilizado, en primer lugar, para la emisión de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario que garantice el fi nanciamiento de las Compra Corporativa sectorial de Productos Farmacéuticos para el abastecimiento del 2017 y 2018, a cargo del Centro Nacional de Abastecimiento en Recursos Estratégicos de Salud – CENARES, procesos en los que la Unidad Ejecutora respectiva se encuentra participando, conforme a los vigentes convenios suscritos con la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud – SIS. Artículo 3.- Los Titulares de los Pliegos, mediante Resolución, aprueban la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, respetando los montos asignados en las categorías presupuestarias, dentro de los diez (10) días calendarios de la publicación de la presente Resolución. La Resolución debe ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la respectiva página web del Pliego. Con relación a las asignaciones presupuestarias que no resultan en productos (APNOP), debe considerarse su