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12 NORMAS LEGALES Viernes 17 de marzo de 2017 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud – SIS por la suma total de TREINTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 00/100 SOLES (S/ 38 879 558.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al Calendario Marzo de 2017, a favor de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, en el marco de los vigentes Convenios de Gestión suscritos con el Seguro Integral de Salud, de acuerdo al Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2.- Precisar que los recursos a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural corresponde a la transferencia fi nanciera para pago por Preliquidación para el mes de abril del año 2017, calculada de acuerdo a la metodología establecida en la Guía Técnica N° 001-2012-SIS-GNF “Guía Técnica para el pago por Preliquidación”, aprobada por Resolución Jefatural N° 148-2012/SIS. Artículo 3.- Aprobar la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 002 Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL por la suma total de CINCO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 00/100 SOLES (S/. 5 973 453.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al Calendario Marzo de 2017, a favor de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, en el marco de los vigentes Convenios suscritos con el Fondo Intangible Solidario de Salud, de acuerdo al Anexo 2 que forma parte integrante de la presente Resolución, dicha transferencia fi nanciera corresponde a los pagos Prospectivo: Preliquidado. Artículo 4.- Precisar que los recursos a que se refi ere el artículo 3 de la presente Resolución Jefatural corresponde a la transferencia fi nanciera para pago por Preliquidación para los meses de enero a agosto del año 2017, calculada de acuerdo a la metodología establecida en la Guía Técnica N° 001-2015-SIS/FISSAL-V.01 “Guía Técnica para la determinación del monto a transferir a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS”, aprobada por Resolución Jefatural N° 216-2015/SIS. Artículo 5.- Disponer que el importe señalado en los artículos 1 y 3 de la presente Resolución Jefatural deben ser utilizados, en primer lugar, para la emisión de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario que garantice el fi nanciamiento de la Compras Corporativas sectorial de Productos Farmacéuticos para el abastecimiento del 2017 y 2018 a cargo del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud – CENARES, procesos en los que la Unidad Ejecutora respectiva se encuentra participando y en el marco de los convenios suscritos con la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS y la Unidad Ejecutora 002 - Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL. Artículo 6.- Quedan exoneradas de lo dispuesto en el artículo 5 de la presente Resolución Jefatural aquellas Unidades Ejecutoras que a la fecha de la presente publicación, hayan cubierto las mencionadas compras corporativas con la respectiva certi fi cación del crédito presupuestario o cuenten con otras fuentes de fi nanciamiento que garanticen la certi fi cación de crédito presupuestario para dichos procesos. Artículo 7.- Los Titulares de los Pliegos, mediante Resolución, aprueban la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, respetando los montos asignados en las categorías presupuestarias, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución debe ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la respectiva página web del Pliego. Con relación a las asignaciones presupuestarias que no resultan en productos (APNOP), debe considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud establecidas para la cobertura de las IAFAS SIS y FISSAL, así como acorde a la programación de actividades articuladas al Plan Operativo Institucional de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente. Artículo 8.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en los Anexos N° 1 y 2 de la presente Resolución Jefatural a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud – SIS y del FISSAL, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html y http://www. fi ssal.gob.pe/ transferencias-carta.aspx, respectivamente. Artículo 9.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como publicar en el Portal Institucional http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html el texto de la presente Resolución Jefatural y sus respectivos Anexos. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO PABLO BETETA OBREROS Jefe del Seguro Integral de Salud 1498232-1 REQUISITO PARA PUBLICACI ŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN