Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2017 (18/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Sábado 18 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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República Federativa del Brasil, del 20 al 24 de marzo de 2017; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en la III Reunión Preparatoria para el Ejercicio Multinacional "AMAZONAS I", a realizarse en la ciudad de Brasilia ­ República Federativa del Brasil, del 20 al 24 de marzo de 2017; por cuanto redundará a favor de la Institución, mediante un óptimo planeamiento para el ejercicio en mención y el cumplimiento de sus objetivos; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación; así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento, pasajes y viáticos de acuerdo a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en la III Reunión Preparatoria para el Ejercicio Multinacional "AMAZONAS I", a realizarse en la ciudad de Brasilia ­ República Federativa del Brasil, del 20 al 24 de marzo de 2017; así como, su salida del país el 19 de marzo de 2017 y retorno el 25 de marzo de 2017:
Coronel FAP NSA: O-3561581 Coronel FAP NSA: O-9572989 JAIME GONZALO CHAVEZ VIZCARRA DNI: 07476401 OCTAVIO FLAVIO SILVA FLORES DNI: 08274623

la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1498850-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan representante titular del Ministerio ante la Comisión Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 042-2017-MIDIS Lima, 15 de marzo de 2017 VISTOS: El Informe N° 072-2017-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias y el Proveído N° 466-2017-VMPES, emitido por el Viceministerio de Políticas y Evaluación Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 102-2012PCM, se crea la Comisión Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego, con la finalidad de coordinar los esfuerzos de las instituciones públicas y privadas nacionales y extranjeras, y representantes de la sociedad civil, orientados al logro de la seguridad alimentaria y nutricional nacional; Que, según lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del citado decreto supremo, la referida Comisión Multisectorial debe estar integrada, entre otros, por un representante titular del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y un alterno, los que serán designados mediante resolución del titular del Sector; Que, mediante Resolución Ministerial N° 089-2016-MIDIS, se designó al representante titular del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial creada mediante Decreto Supremo N° 1022012-PCM, siendo necesaria su actualización; Que, en ese contexto corresponde designar al nuevo representante titular ante la referida Comisión, y dar por concluida la designación dispuesta en la Resolución Ministerial N° 089-2016-MIDIS; De conformidad con dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del representante titular dispuesta en la Resolución Ministerial N° 089-2016-MIDIS. Artículo 2.- Designar al señor José Víctor Gallegos Muñoz, Director de la Dirección de Diseño y Articulación de Políticas, como representante titular del Ministerio de Desarrollo e Inclusión ante la Comisión Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, creada mediante Decreto Supremo N° 102-2012-PCM. Artículo 3.- Disponer que el representante designado en el artículo precedente elabore un informe mensual,

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima ­ Brasilia (República Federativa del Brasil)) - Lima: US $ 1,045.16 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 2,090.32 Viáticos US $ 370.00 X 05 días X 02 personas Total a Pagar = US $ 3,700.00 = US $ 5,790.32

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de

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