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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2017 (19/03/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Domingo 19 de marzo de 2017 El Peruano / RELACIONES EXTERIORES Ratifican el Acuerdo Marco de Amistad y Cooperación Técnica entre la República del Perú y la República de Haití DECRETO SUPREMO Nº 010-2017-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Marco de Amistad y Cooperación Técnica entre la República del Perú y la República de Haití , fue suscrito el 24 de enero de 2017, en Punta Cana, República Dominicana; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y rati fi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo Marco de Amistad y Cooperación Técnica entre la República del Perú y la República de Haití , suscrito el 24 de enero de 2017, en Punta Cana, República Dominicana. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N°26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la casa de Gobierno en Lima, a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1498863-3 Autorizan al Ministerio de la Producción a efectuar el pago de cuotas a organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 075-2017-RE Lima, 17 de marzo de 2017 VISTOS: Los O fi cios N°163-2017/PRODUCE-SG, N° 178-2017/ PRODUCE-SG y N° 182-2017/PRODUCE-SG, 22 y 28 de febrero y 02 de marzo de 2017, respectivamente, del Ministerio de la Producción, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de las cuotas correspondientes al año 2017, a diversos organismos internacionales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2017”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2017; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Ministerio de la Producción, se han previsto recursos para el pago de las cuotas a favor de diversos organismos internacionales, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fi n de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización Autorizar al Ministerio de la Producción, a efectuar el pago de las siguientes cuotas: Pliego Presupuestario Moneda Monto Persona Jurídica 038: MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓNSOLES544 110.00Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial –ONUDI 67 392.00Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pací fi co Sur - OROP-PS 90 720.00Organización Internacional de la Viña y el Vino - OIV Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 038: Ministerio de la Producción. Artículo 3.- Equivalencia en moneda extranjera Disponer que la equivalencia en moneda extranjera sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1498863-4 Nombran a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Austria para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Eslovenia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 076-2017-RE Lima, 17 de marzo de 2017