Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2017 (19/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO

Año XXXIV - Nº 14008

NORMAS LEGALES
Director (e): Félix Alberto Paz Quiroz

DOMINGO 19 DE MARZO DE 2017

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EDICIÓN EXTRAORDINARIA
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 057-2017-EF.- Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de las Municipalidades declaradas en emergencia ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados 1 ENERGIA Y MINAS R.M. N° 114-2017-MEM/DM.- Dictan medidas transitorias de excepción, a fin de evitar la afectación al abastecimiento de Combustibles Líquidos en el territorio nacional 4 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.D. N° 1346-2017-MTC/15.- Restringen el acceso de todo tipo de vehículos a la Ruta Nacional PE-22 - Carretera Central, salvo los vehículos de carga de más de 3.5 toneladas y los destinados a la prestación del servicio de transporte regular de personas, y dictan otras disposiciones 6

PODER EJECUTIVO

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de las Municipalidades declaradas en emergencia ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados
DECRETO SUPREMO Nº 057-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2017 se ha aprobado medidas para estimular la economía así como para la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligro asociados;

Que, en el marco de lo establecido en el numeral 7.4 del artículo 7 del Decreto de Urgencia Nº 004-2017, mediante Resolución Ministerial Nº 115-2017-EF/41 se autorizó una transferencia financiera del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por el monto de OCHENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 81 900 000,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, creado por el artículo 4 de la Ley Nº 30458, para el financiamiento de, entre otros, la atención de las emergencias por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, en zonas declaradas en estado de emergencia; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 del Decreto de Urgencia Nº 004-2017, antes citado, dispone la incorporación de la suma de S/ 100 000,00 (CIEN MIL Y 00/100 SOLES), en el presupuesto institucional de cada Gobierno Local que se encuentre en zonas declaradas en estado de emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados producidos, hasta la culminación de la referida ocurrencia determinada por el órgano competente, con cargo a los recursos del "Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres

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