Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2017 (06/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Sábado 6 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES
CAPÍTULO VI

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21.7. Aprobación de Resultados del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados El Acta de Acuerdos y Compromisos del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018, serán aprobados por el Concejo de Coordinación Local Distrital y Agentes Participantes, la que debe contener las firmas de todos los Agentes Participantes, tanto de los representantes del sector público como de la sociedad civil. Artículo 22º.- Fase de Coordinación De existir proyectos de inversión pública de ámbito metropolitano, se desarrollarán mecanismos de coordinación entre la Municipalidad Distrital de Chaclacayo y la Municipalidad Metropolitana de Lima; en su doble condición de Gobierno Local Provincial y Gobierno Regional; estableciendo compromisos y responsabilidades que aseguren la sostenibilidad de la inversión y la ejecución de los proyectos. Estos mecanismos de coordinación se realizarán respetando las respectivas competencias de niveles de gobierno y procurando economías de escala. El Alcalde en su calidad de presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, informará al Concejo de Coordinación, respecto a los acuerdos y propuestas de proyectos de inversión pública, cuyo ámbito de ejecución, competencia e impacto correspondan al ámbito metropolitano. Artículo 23º.- Fase de Formalización Comprende principalmente dos etapas: 23.1. Formalización en el PIA de los Acuerdos y Compromisos Los proyectos e ideas de proyectos priorizados en el marco del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018 deben ser incluidos en el Presupuesto Institucional de Apertura para la aprobación por parte del Concejo Municipal. Asimismo, las áreas ejecutoras elaborarán el cronograma de ejecución de proyectos que deberá ser puesto a disposición del Comité de Vigilancia y del Consejo de Coordinación Local Distrital, así como del Concejo Municipal. 23.2. Rendición de Cuentas Se debe informar a los Agentes Participantes sobre el cumplimiento de los Acuerdos y Compromisos asumidos en el año anterior. La Rendición de Cuentas será realizada por el Alcalde y todos los Agentes son responsables de participar en dicho acto. CAPÍTULO V INFORME FINAL DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS Artículo 24º.- Aprobación del Informe Final del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados Corresponde al Equipo Técnico elaborar el Informe Final del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018, el cual será remitido al Concejo Municipal para su aprobación. El mencionado informe incluirá los proyectos priorizados con su financiamiento a ser incorporados en el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2018. Artículo 25º.- Registro en el Aplicativo Interactivo del Presupuesto Participativo del MEF La Municipalidad Distrital de Chaclacayo, a través de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto registrará el desarrollo del proceso participativo en el Aplicativo Interactivo del Presupuesto Participativo, accesible mediante el portal electrónico del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 26º.- Publicación del Informe Final del Presupuesto Participativo Basado en Resultados Una vez aprobado el Informe Final del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, el Alcalde dispondrá de su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad.

DEL COMITÉ DE VIGILANCIA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS Artículo 27º.- Comité de Vigilancia El Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018, es elegido por votación directa de los Agentes Participantes, como parte del Taller de Formalización de Acuerdos. Será conformado por los Agentes Participantes que representan a la Sociedad Civil, debiendo ser reconocidos formalmente por el Concejo Municipal. El Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, está compuesto por cuatro (4) miembros titulares y cuatro (4) suplentes. El cargo en este Comité es incompatible con la función de representante ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) y/o como miembro del Equipo Técnico. Los requisitos para ser elegidos miembros del Comité de Vigilancia son: a) Ser Agente Participante, representante de una organización social de base o de institución privada, que forman parte del ámbito jurisdiccional del distrito. b) Radicar en el distrito de Chaclacayo. c) No haber sido condenado por delito o faltas. El Comité de Vigilancia tendrá vigencia hasta la culminación de los proyectos priorizados y ejecutados correspondiente al Año Fiscal para el que fueron elegidos; su labor es ad-honorem, por lo tanto no recibirán retribución pecuniaria alguna. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El Alcalde queda facultado para dictar, mediante Decreto de Alcaldía, las normas complementarias y reglamentarias al presente Reglamento, en el marco de la Ley Nº 28056 ­ Ley marco del presupuesto participativo. Segunda.- Las Unidades Orgánicas de la Municipalidad de Chaclacayo son responsables de brindar el apoyo que requiera la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, dentro de los plazos que ella establezca, a fin de dar cumplimiento al desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Tercera.- Los aspectos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por el Equipo Técnico, en el marco de lo establecido en el Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Cuarta.- El presente Reglamento entra en vigencia a partir del día siguiente de su promulgación y difusión en la página web de la Municipalidad de Chaclacayo. 1516340-1

Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana del distrito de Chaclacayo 2017
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 375-MDCH Chaclacayo, 26 de abril de 2017 POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE CHACLACAYO, en sesión de la fecha; y, VISTO: El Informe Nº 05-2017-ST-CODISEC/MDCH, por el cual el Secretario Técnico del CODISEC remite el Informe Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito de Chaclacayo 2017 y el Acta de aprobación; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso e), del artículo 43º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización,

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