Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2017 (13/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Sábado 13 de mayo de 2017 /

El Peruano

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; la Ley Nº 28332, Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana ­ FONDEP, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor DANIEL ALBERTO ANAVITARTE SANTILLANA como representante del Ministerio de Educación, ante el Consejo de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana ­ FONDEP. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1520189-4

Autorizan transferencia de recursos para financiar la Segunda Transferencia del Convenio Nº 263-2016-MINEDU, suscrito con el INEI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 281-2017-MINEDU Lima, 11 de mayo de 2017 CONSIDERANDO Que, la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autorizó a las entidades del Gobierno Nacional, durante el Año Fiscal 2016, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que transfiere los recursos, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano; Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante Resolución Ministerial Nº 676-2016-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 12 477 963 653,00 (DOCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento; Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante el Año Fiscal 2017, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; asimismo, establece que

las transferencias financieras autorizadas se aprueban mediante resolución del titular del Pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que transfiere los recursos. La resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano; Que, con fecha 30 de septiembre de 2016, el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, suscribieron el Convenio Nº 263-2016-MINEDU, en el marco de lo establecido en la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, con el objeto que el INEI realice la Caracterización de las Instituciones Educativas Públicas de Educación Intercultural Bilingüe incluidas en el Registro Nacional de Instituciones Educativas de Educación Intercultural Bilingüe y en el Censo Escolar del año 2015, a través de un Censo; con el fin de obtener información precisa y técnicamente fiable de aquellas en las que se encuentra estudiando la población estudiantil indígena de nuestro país, y que por lo tanto, deben ser atendidas con el Modelo de Servicios de Educación Intercultural Bilingüe (EIB) a fin de garantizar un adecuado proceso de enseñanza y la mejora de la calidad educativa; estableciéndose además, que el Ministerio de Educación transferirá a favor del INEI hasta la suma de S/ 31 145 031,30 (treinta un millones ciento cuarenta y cinco mil treinta y uno y 30/100 Soles), suma que cubre los costos y gastos administrativos efectivamente realizados por el INEI para el cumplimiento del objeto del Convenio bajo comentario; asimismo, con fecha 28 de febrero de 2017 se suscribe la Adenda Nº 001 al Convenio Nº 263-2016-MINEDU; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 525-2016-MINEDU se autorizó una Transferencia Financiera a favor del Pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, para financiar la Primera Transferencia del Convenio Nº 263-2016-MINEDU; Que, con Informe Nº 97-2017-MINEDU/DIGEIBIRADEIB, la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, sustenta y solicita se efectúe una Transferencia Financiera hasta por el monto de S/ 25 465 879,25 (VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 25/100 SOLES) para financiar la Segunda Transferencia del Convenio Nº 263-2016-MINEDU, conforme a lo establecido en la Cláusula Sexta y en el numeral XVI. del Anexo 1 del referido Convenio, modificado por el Anexo A de la Adenda Nº 001 al citado Convenio; Que, a través del Informe Nº 326-2017-MINEDU/SPEOPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable a la Transferencia Financiera a efectuarse a favor del INEI y señala que en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 01: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para financiar la citada transferencia; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 25 465 879,25 (VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 25/100 SOLES), para financiar la Segunda Transferencia del Convenio Nº 263-2016-MINEDU; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01; y,

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